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Resolución General 3/20 COMARB: Ingresos brutos. Se prorroga entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal
La RG 3/20 COMARB prorroga al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para determinadas jurisdicciones.
Por: Marcos
Fecha de publicación: 25/03/2020 08:10 Hs.
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RG 3/20 COMARB

Prórroga Registro Único Tributario-Padrón Federal

RG 3/20 COMARB Prórroga Registro Único Tributario-Padrón Federal

La RG 3/20 COMARB prorroga al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para determinadas jurisdicciones.


SUMARIO 

rg 3/20 comarb, Registro Único TributarioSe prorroga al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en la Resolución General N° 9/2019.


ANÁLISIS

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 18/3/2020

B.O. 25/3/2020

Vigencia y Aplicación: desde el 25/3/2020 

Organismo Emisor: Comisión Arbitral del Convenio Multilateral del 18/8/77

Cantidad de Artículos: 2

Anexos: -


FUNDAMENTOS

VISTO y CONSIDERANDO: las Resoluciones Generales Nros. 9/2019 y 15/2019 en las que se establece la entrada en vigencia y posterior aplazamiento del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen general del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.

Que por razones técnicas operativas y a efectos de ultimar precisiones y asegurar una correcta implementación, resulta necesario prorrogar la entrada en vigencia de dicho sistema.


RESUELVE

Art. 1°.- Prorrogar al 1 de junio de 2020 la entrada en vigencia del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos con jurisdicción sede en las provincias Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe, conforme lo establecido en la Resolución General N° 9/2019.

Art. 2º.- De forma.


FUENTE

Texto según RG 3/20 COMARB publicado en Boletín Oficial del 25/3/2020

RG 3/20 COMARB, Registro Único Tributario, Padrón Federal, Ingresos Brutos, Convenio Multilateral

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