La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la Resolución General 1086/2025, mediante la cual fija los plazos de pago de la tasa de fiscalización y control anual para los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
Según la norma, los PSAV —tanto personas humanas como jurídicas— que se encuentren inscriptos en el registro al 15 de octubre de 2025 deberán abonar la tasa correspondiente al año en curso entre el 3 y el 7 de noviembre de 2025.
Por otra parte, aquellos proveedores que obtengan su inscripción con posterioridad a esa fecha tendrán un plazo máximo de cinco días hábiles desde la inscripción para efectuar el pago, garantizando así un mecanismo inmediato de cumplimiento.
La medida forma parte de la consolidación del marco regulatorio para el ecosistema cripto y de activos virtuales, iniciado en 2024 con la creación del registro obligatorio y reforzado en marzo de 2025 con la Resolución General 1058, que fijó principios y parámetros de adecuación para el sector.
La CNV explicó que esta adecuación busca un ordenamiento en la percepción de recursos y una mayor previsibilidad para los actores de la industria, en línea con lo dispuesto por la Ley de Mercado de Capitales N.º 26.831 y la Ley 27.739 sobre activos virtuales.
La resolución indica además que la falta de pago en los plazos previstos podría acarrear sanciones y restricciones en el registro, ya que el cumplimiento de la tasa es condición para mantener la inscripción activa como PSAV.