La Comisión Arbitral modificó los vencimientos de noviembre de SIFERE, SIRCAR y SIRTAC correspondientes a obligaciones de octubre de 2026. Los cambios alcanzan tanto a contribuyentes del Convenio Multilateral como a agentes de recaudación, con fechas y condiciones diferentes según el sistema.
La Disposición 11/2026, firmada el 16 de octubre y publicada este lunes 19 en el Boletín Oficial, lleva al viernes 13 de noviembre los vencimientos de la segunda quincena de octubre de SIRCAR y los de SIRTAC expresamente comprendidos. Para SIFERE, establece un calendario del 17 al 20 de noviembre para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del anticipo de octubre.
| Sistema y obligación | Nueva fecha |
|---|---|
| SIRCAR: segunda quincena de octubre de 2026, con vencimientos previstos para el 9 y 10 de noviembre | 13 de noviembre de 2026, inclusive |
| SIRTAC: segunda quincena de octubre de 2026, agentes con dígito verificador de CUIT terminado en 5, 6, 7, 8 o 9 | 13 de noviembre de 2026 |
| SIFERE: declaraciones juradas y pago del anticipo octubre de 2026 del Convenio Multilateral | 17, 18, 19 y 20 de noviembre de 2026, según la distribución del calendario aplicable |
En el Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación, la modificación comprende las obligaciones de la segunda quincena de octubre que estaban previstas para el lunes 9 y el martes 10 de noviembre. Ambos vencimientos quedan unificados en el viernes 13.
La referencia al período es relevante para la agenda de los agentes: la disposición modifica esa quincena y no establece una extensión general de todas las obligaciones administradas por el sistema.
Para el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra, la nueva fecha reemplaza al miércoles 11 de noviembre y corresponde a los agentes de retención de Ingresos Brutos cuyo dígito verificador de CUIT termina en 5, 6, 7, 8 o 9.
El artículo 2 no incorpora a las restantes terminaciones. Por eso, no corresponde trasladar automáticamente al día 13 el vencimiento de todos los agentes de SIRTAC.
Para los contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral, el artículo 3 modifica el calendario del anticipo octubre de 2026. La presentación de las declaraciones juradas y el pago deberán realizarse los días martes 17, miércoles 18, jueves 19 y viernes 20 de noviembre, de acuerdo con la distribución del calendario aplicable.
La disposición no reproduce en su articulado una tabla de terminaciones de CUIT para esas cuatro jornadas. Al actualizar los vencimientos de cada contribuyente, debe cotejarse esa distribución, sin interpretar el 20 de noviembre como una fecha única para todos.
La Comisión Arbitral vinculó la decisión con los feriados establecidos por la visita del Papa León XIV: el 9 de noviembre a nivel nacional, el 10 en la Ciudad de Buenos Aires y Córdoba y el 11 en la provincia de Buenos Aires, según el antecedente citado en sus fundamentos.
También explicó que la adecuación de SIFERE busca que los contribuyentes dispongan oportunamente de la información de las recaudaciones de SIRCAR y SIRTAC que pueden computar como deducciones. Para los estudios contables, el cambio requiere actualizar por separado la agenda de los agentes y la de los contribuyentes del Convenio Multilateral.