2018

Laboral y Previsión Social Legislación

Resolución 595/18 ST. Estaciones de Servicio. Empleados. Homologación del Acuerdo 411/18. Suma No Remunerativa Desde 10/17, 11/17 y 12/17. Escala Salarial Desde 1/18.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado por el Sindicato Obreros y Empleados de Estaciones de Servicios y GNC, Garajes, Playas de Estacionamiento y Lavaderos (SOESGyPE) y la Federación de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Garajes, Playas de Estacionamiento, Lavaderos y Gomerías de la República Argentina (FOESGRA) por el sector sindical y por el sector empresario la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina, mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 488/07, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de octubre de 2017.

secreto fiscal
Jurisprudencia

Jurisprudencia. TFN. Impuesto a las Ganancias. Profesional Contadora Pública. Rentas de 4a Categoría. Es Procedente la Deducción por Suscripciones a Publicaciones Técnicas Especializadas.

Concluyen que la deducción de los gastos necesarios para obtener la ganancia o para mantener y conservar la fuente no exige otro recaudo que la comprobación de orden teleológico, respecto a que la erogación está destinada a fin de lograr la ganancia o mantener y conservar la fuente de dicha ganancia.

Laboral y Previsión Social

Transporte de Cargas. Camioneros. CCT 40/89. Acuerdo del 31/10/2018. Escala Salarial Desde 11/18, 3/19 y 5/19.

La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y Obreros del Transporte Automotor de Cargas, Logística y Servicios de la República Argentina dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Noviembre de 2018 hasta el 30 de Junio de 2018.

Societario y Contable

Remito Electrónico Cárnico. Desde Hoy Rigen Nuevas Formalidades Para Respaldar el Traslado de Carnes. ¿Quienes Están Obligados a su Utilización y Como es el Procedimiento Para su Emisión?

A partir del 1° de noviembre comienza la implementación del “Remito Electrónico Cárnico”, un  documento 100% digital que deberá registrar todos los traslados de carnes y sus subproductos. Potencialmente abarca a 4250 establecimientos faenadores, usuarios de faena, consignatarios y depósitos.

Legislación

Decreto 976/18. Impuesto a las Ganancias. Reforma Tributaria Ley 27.430. Venta de Inmuebles y Transferencia de Derechos sobre Inmuebles. Indemnizaciones por Despido. Reglamentación.

Se reglamentan ciertos aspectos relacionados con las modificaciones introducidas por la Ley 27.430 de Reforma Tributaria a la Ley del Impuesto a las Ganancias en lo que respecta a la incorporación dentro de su objeto, a los resultados derivados de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre inmuebles, adquiridos a partir de la vigencia de la citada Ley N° 27.430, exceptuándose a los provenientes de la venta de la casa-habitación del contribuyente, con el impuesto cedular aplicable a esas rentas y con la inclusión de las sumas que se generen con motivo de la desvinculación laboral de empleados que se desempeñen en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas.

Jurisprudencia

Jurisprudencia. Impuesto a las Ganancias. Ajuste por Inflación. Confiscatoriedad. Se Hace Lugar a la Acción de Amparo. Se Declara Aplicable el Mecanismo de Ajuste Impositivo. Candy S.A. c/ AFIP y Otro s/ Acción de Amparo.

Para la mayoría del Tribunal, corresponde la revocación de la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.073, 4º de la ley 25.561 y 5º del decreto 214/02, como toda otra norma, legal o reglamentaria, que impida aplicar en la declaración del impuesto a las ganancias correspondiente al ejercicio fiscal comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2002 el denominado “ajuste por inflación impositivo” -previsto en el título VI de la ley 20.628-, sin perjuicio de lo cual cabe hacer lugar a la acción de amparo deducida y declarar aplicable el mecanismo de ajuste requerido para el período aludido, pues la prohibición de utilizar el mismo resulta inaplicable en el caso en la medida en que la alícuota efectiva a ingresar de acuerdo con esos parámetros insume una sustancial porción de las rentas obtenidas por el actor y excede cualquier límite razonable de imposición, configurándose un supuesto de confiscatoriedad. 

Jurisprudencia

Jurisprudencia. Impuesto a las Ganancias. Ajuste por Inflación. Antecedente Candy S.A. c/ AFIP s/ Acción de Amparo. Principio de Confiscatoriedad. Se Hace Lugar a la Acción de Amparo. Se Confirma la Aplicabilidad del Mecanismo de Ajuste Impositivo.

Según surge de los autos principales, los instrumentos acompañados por la actora (conf. fs. 102/140) y, en especial, las conclusiones del peritaje contable (fs. 352/359) llevan a tener por demostrada la existencia de un supuesto de confiscatoriedad según el criterio establecido en los considerandos 70 y siguientes del referido precedente.

Laboral y Previsión Social Legislación

Resolución 640/18 ST. Marina Mercante. Empleados. Industria Naval. CCT 661/13. Homologación del Acuerdo 447/18. Escala Salarial Desde 8/17 y 11/17. Suma No Remunerativa Desde 1/18.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la Asociación Argentina Empleados de la Marina Mercante, por la parte sindical, y la Cámara de la Industria Naval Argentina, por el sector empleador, mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 661/13, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de agosto de 2017.

secreto fiscal
Jurisprudencia

Jurisprudencia. Monotributo. Exclusión de Pleno Derecho. Gastos de Índole Personal Incompatibles con la Categoría. Se Confirma la Resolución del Fisco. Pesa Sobre el Contribuyente la Carga de Probar Que los Mismos Han Sido Realizados con Ahorros y/o Ingresos Adicionales.

En este contexto, el recurso de la actora no puede prosperar. Ello es así, porque no rebatió el argumento central, tanto de la resolución impugnada como de la sentencia recurrida, esto es, que se tuvo por acreditado, que realizó gastos por un valor superior al monto de los ingresos brutos anuales máximos para la categoría en la cual estaba encuadrada.

Laboral y Previsión Social

Panaderos. Obreros. Provincia de Buenos Aires. CCT 231/94. Acuerdo Complementario 2018-2019. Escala Salarial Desde Septiembre/18.

El Sindicato de Panaderos de la Provincia de Buenos Aires dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Federación Industrial Panaderil de la Provincia de Buenos Aires (FIPPBA) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 231/94 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Septiembre de 2018 y hasta el 30 de Noviembre de 2018.

secreto fiscal
Jurisprudencia

Jurisprudencia. Deuda No Firme Reflejada en el Sistema de Cuentas Tributarias. Perjuicio al Contribuyente. Daño al Derecho de la Veracidad de la Información que Consta en Registros Públicos. Acción de Amparo. Se Confirma Su Procedencia.

Concluyen los magistrados que si el Fisco tiene a su cargo la información verídica del sistema denominado Cuentas Tributarias en lo relativo a los créditos y deudas de los contribuyentes y responsables, le compete demostrar que su omisión no genera ningún perjuicio a la actora.

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