Blog del Contador Planes de Suscripción


Ganancias y Bienes Personales: Después De Dos Prórrogas, Y Si La Página de AFIP Lo Permite, Mañana Arrancan los Vencimientos.

De acuerdo a las prórrogas otorgadas por la AFIP, las fechas de vencimiento para la presentación y pago, en caso de corresponder; de la declaración jurada determinativa de Ganancias y Bienes Personales, dependerán de la terminación de la CUIT: Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento Pago 0-1-2-3 25/07/2018 inclusive 12/06/2018 inclusive 4-5-6 26/07/2018 inclusive 13/06/2018 […]


De acuerdo a las prórrogas otorgadas por la AFIP, las fechas de vencimiento para la presentación y pago, en caso de corresponder; de la declaración jurada determinativa de Ganancias y Bienes Personales, dependerán de la terminación de la CUIT:

Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento Pago
0-1-2-3 25/07/2018 inclusive 12/06/2018 inclusive
4-5-6 26/07/2018 inclusive 13/06/2018 inclusive
7-8-9 27/07/2018 inclusive 14/06/2018 inclusive

Recordamos que los vencimientos originales para la presentación operaban los días 12, 13 y 14 de junio y que luego fueron prorrogados por:

– Resolución General N° 4258: hasta el 11, 12 y 13 de julio según terminación de CUIT,

– Resolución General N° 4277: hasta el 25, 26 y 27 de julio según terminación de CUIT,

La presentación de las declaraciones juradas de carácter informativas de Ganancias y Bienes Personales podrá realizarse hasta el día 27 de julio, de acuerdo a la prórroga otorgada por la Resolución General N° 4258.

Aquellos que se encuentren obligados a presentar Declaración Jurada Determinativa del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2017 deberán realizarla exclusivamente a través del nuevo servicio con clave fiscal Ganancias Personas Humanas.

Los sujetos previstos en la Resolución General N° 2151 (excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30) deberán confeccionar sus Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales a través del servicio denominado Bienes Personales Web.

Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2442 y 4003, deberán realizar la presentación de la Declaración Jurada Informativa de los bienes al 31 de diciembre cuando se obtengan ingresos anuales iguales o superiores a $1.000.000 según se detalla:

  • Servicio Bienes Personales Web: deberá utilizarlo para informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año.
  • Servicio Ganancias Personas Humanas Web: deberá utilizarlo para informar el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros. El acceso podrás utilizarlo a partir del 24 de mayo de 2018, ingresando a la opción Régimen Simplificado del servicio Ganancias Personas Humanas.
Te puede interesar:   ARCA dio precisiones sobre la transición con la ex AFIP y dejó en claro que (casi) todo seguirá igual

Ingreso de anticipos de Ganancias y Bienes Personales periodo 2018


Nota Relacionada


  • 1º anticipo del periodo 2018
    Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
    0-1-2-3 13/08/2018
    4-5-6 14/08/2018
    7-8-9 15/08/2018
    • 2° anticipo del periodo 2018
      Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
      0-1-2-3 16/10/2018
      4-5-6 17/10/2018
      7-8-9 18/10/2018
    • 3° anticipo del periodo 2018
      Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
      0-1-2-3 13/12/2018
      4-5-6 14/12/2018
      7-8-9 17/12/2018
    • 4° anticipo del periodo 2018
      Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
      0-1-2-3 13/02/2019
      4-5-6 14/02/2019
      7-8-9 17/02/2019
    • 5° anticipo periodo 2018
      Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento
      0-1-2-3 15/04/2019
      4-5-6 16/04/2019
      7-8-9 17/04/2019
Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×