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Resolución 740/18 SECT#MT ✔ Jardineros y Parquistas. Paisajistas. CCT 458/06. Homologación del Acuerdo del 15/2/2018. Escala Salarial Desde 3/2018.

Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el Sindicato Unido de Trabajadores Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina por la parte sindical y la Sociedad Argentina de Paisajistas; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 458/06, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de marzo de 2018.


Sumario: Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el Sindicato Unido de Trabajadores Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina por la parte sindical y la Sociedad Argentina de Paisajistas; mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 458/06, entre otros beneficios, con vigencia desde el 1° de marzo de 2018.


Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 9/8/2018

B.O. 

Vigencia y Aplicación: a partir del 9/8/2018

Organismo Emisor: Secretaría de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación

Cantidad de Artículos: 5

Anexos: 1


Art. 1 – Declarase homologado el acuerdo celebrado entre el Sindicato Unido de Trabajadores Jardineros, Parquistas, Viveristas y Floricultores de la República Argentina por la parte sindical y la Sociedad Argentina de Paisajistas, obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 1.788.120/18 agregado como fojas 36 al Expediente N° 1.766.392/17, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Art. 2 – Girese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que se proceda al registro del acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 1.788.120/18 agregado como fojas 36 al Expediente N° 1.766.392/17.

Art. 3 – Notifiquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el articulo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procedase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 458/06.

Art. 4 – Hagase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, resultara aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Articulo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o.2004).

Art. 5 – De forma.


REGISTRACIÓN

Referencia: Expediente Nº 1.766.392/17

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCIÓN SECT N° 740/18 (RESOL-2018-740-APNSECT#MT) se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente N° 1.788.120/18 agregado como fojas 36 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 642/18.-


ANEXOS


Descargar PDFAcuerdo 642/18 del 15/2/2018 + Escala Salarial


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