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Impuesto a la Renta Financiera. AFIP Dio Precisiones de las Formas en que se Liquidará el Nuevo Impuesto y la Fecha de Vencimiento de esa Obligación.

Se liquidará mediante una declaración jurada independiente. Vencerá a partir del 19 de junio.


En el marco del Espacio de Diálogo institucional del Consejo con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que tuvo lugar el 11 de marzo de 2019, se obtuvieron precisiones acerca de las formas en que se liquidará el nuevo impuesto cedular a la renta financiera.

– Se liquidará mediante una declaración jurada independiente.

– El servicio Web para liquidar el impuesto y la información en “Nuestra Parte” se encontrará disponible a partir del 17 de abril de 2019.

– Modalidad Dual: la AFIP pondrá a disposición la información para liquidar el impuesto especial, pudiendo el contribuyente modificar los datos precargados.

– El impuesto especial tendrá un código y formulario independiente. 

– Alta automática del impuesto: con la presentación de la declaración jurada, el organismo de recaudación efectuará el alta de oficio en el Impuesto.

– Vencimiento especial: el fisco nacional dispondrá próximamente un vencimiento independiente del general para la liquidación y pago del impuesto.

– El vencimiento especial para esta presentación operará a partir del 19 de junio de 2019, mientras que el plazo para el pago será al día siguiente del vencimiento de la presentación.


Fuente: página web del CPCECABA

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