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Chau 3283: las Autorizaciones a Terceros para Actuar Ante AFIP También Serán Electrónicas

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La AFIP tiene en carpeta incorporar las autorizaciones electrónicas para que un contribuyente otorgue su poder a un tercero para que lo represente en sus trámites ante el Organismo. 


La AFIP tiene en carpeta incorporar las autorizaciones electrónicas para que un contribuyente otorgue su poder a un tercero para que lo represente en sus trámites ante el Organismo. 

Según el Fisco, el proyecto de implementación de «Autorizaciones Electrónicas» existe y consistirá en establecer una herramienta electrónica que permita a los contribuyentes autorizar a terceros a realizar determinadas acciones y/o trámites en representación suya.

Así lo aseguraron representantes de la AFIP en el Espacio de Diálogo Institucional celebrado en la ciudad de San Miguel de Tucumán el pasado 4 de julio ante la consulta efectuada por las entidades profesionales acerca de la posibilidad de otorgar poderes electrónicos (para evitar certificaciones presenciales) tanto en personas físicas como jurídicas, así como en ARBA se pueden hacer a través de apoderamiento electrónico.

Con las «Autorizaciones Electrónicas» se eliminaría el formulario N° 3283 que actualmente es el único formulario habilitado para conceder este tipo de poder a un tercero.

Recordemos que el mismo se debe completar manualmente con los datos de autorizado y autorizante y ambos deben concurrir a la dependencia que corresponda para que la propia AFIP certifique las firmas, salvo que se quiera certificar por banco, en cuyo caso no es necesaria la presencia del autorizante en AFIP.

Desde las entidades que agrupan a los profesionales en ciencias económicas aseguran que es algo que sumaría bastante y no debe tener grandes inconvenientes sistémicos.

Por su parte, los integrantes de la mesa de diálogo de la AFIP concluyeron afirmando que su puesta en marcha está supeditada a determinadas prioridades del Organismo.


 

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