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Resolución General 4641 AFIP: IVA. Régimen general de retención RG 2854. Se incorporan y eliminan agentes.

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La RG 4641 AFIP incorpora y elimina agentes de retención del régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que por su naturaleza dan lugar al crédito fiscal.


Sumario: La RG 4641 AFIP incorpora y elimina agentes de retención del régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que por su naturaleza dan lugar al crédito fiscal.


RG 4641 AFIP 

Estado de la Norma: Vigente

Fecha: 4/12/2019

B.O. 5/12/2019

Vigencia y Aplicación: a partir del 1/1/2020 (según art. 4°)

Organismo Emisor: Administración Federal de Ingresos Públicos 

Cantidad de Arts.: 5

Anexos: No


VISTO la Resolución General Nº 2.854 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la citada norma se estableció un régimen de retención del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones que por su naturaleza dan lugar al crédito fiscal.

Que de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3° de la referida resolución general, corresponde informar las designaciones, así como las exclusiones de los agentes de retención.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Operaciones Impositivas Metropolitanas, de Operaciones Impositivas del Interior y de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.


 

Art. 1°.- Modifícase el Anexo I de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias, en la forma que se detalla seguidamente:

– Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:

30-71064933-9 AC TRAVEL AGENCY S.R.L.

30-71467476-1 BIOELECTRICA DOS S.A

30-70788880-2 BODEGAS Y VIÑEDOS BENEDETTI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

30-71534677-6 BOUNCE S.A.

30-71467472-9 CENTRAL BIOELECTRICA UNO S.A.U

30-70874760-9 CNQ-7A AREA

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30-71034536-4 COMPAÑIA DE SEGUROS INSUR S.A.

30-63078075-2 COOPERATIVA VITIVINICOLA ALGARROBO BONITO LIMITADA

30-59727930-9 CORPORACION ASISTENCIAL SOCIEDAD ANONIMA

30-68310767-7 FARMALINK S A

30-70843359-0 FRIGOVAC S.R.L.

30-67023941-8 MARBAR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

30-61590209-4 NUEVO SUR SOCIEDAD ANONIMA

30-71434307-2 ORELLA S.R.L.

30-53983668-0 PETROSAR PRODUCCION Y SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA

30-71515437-0 PLUSPETROL S.A. YSUR ENERGIA ARGENTINA S.R.L.- AREA CNQ-26 LA CALERA- UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS

33-63877672-9 RAUL E MONACO S A

30-70845922-0 TRANSPORTES RADA TILLY SOCIEDAD ANONIMA

-Elimínanse a los contribuyentes que se indican a continuación:

30-50012415-2 ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO S A

30-52543681-7 JOSE MINETTI Y CIA. LTDA.SACI

30-50008962-4 SA LA NACION

30-50001183-8 THE BANK OF TOKYO – MITSUBISHI UFJ, LTD.

Art. 2º.- Modifícase el Anexo II de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias, en la forma que se detalla seguidamente:

– Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:

30-70726097-8 ARLA FOODS INGREDIENTS SOCIEDAD ANONIMA

30-64661852-1 CASSINI Y CESARATTO S.A.

30-70739658-6 ESTANCIAS DE PATAGONIA SOCIEDAD ANONIMA

30-71187285-6 FOOD PARTNERS PATAGONIA S.A.

30-55268653-1 GAVIGLIO COMERCIAL S A

33-70201961-9 GEDYT SA

30-71619898-3 L3N S.A.

30-71457345-0 LA ESCALERONA SA

30-71224991-5 MARFRIG ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

30-69227723-2 MINERA TRITON ARGENTINA SA

30-68701088-0 NESTOR JULIO GUERECHET S A

30-70995671-6 PEINADURIA RIO CHUBUT SA

30-62686394-5 PRODUCTOS TRIO S .A .

30-71454587-2 RED CHAMBER ARGENTINA S.A.

30-55790268-2 RIBOLDI S A

30-71218042-7 RIMINIMARR S.A.

30-71069826-7 SEDESA S.A.

33-70933250-9 SWISSJUST LATINOAMERICA SA

30-50373873-9 TADEO CZERWENY SA

30-70704770-0 UNIPOX SA

30-50495649-7 WENCE S A

Art. 3º.- Modifícase el Anexo III de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias, en la forma que se detalla seguidamente:

– Incorpóranse a los contribuyentes que se indican a continuación:

30-70857479-8 BRIGHTSTAR FUEGUINA SA

30-53196709-3 EUROFARMA ARGENTINA S.A.

33-70848098-9 GALILEO RENTAL SA

30-70993972-2 PATAGONIA PET SA

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30-69761366-4 PRIMORE SRL

30-61925748-7 TECNOMYL SA

Art. 4º.- Lo establecido en los artículos anteriores entrará en vigencia conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 3° de la Resolución General N° 2.854 y sus modificatorias.

Art. 5º.- De forma.


Texto según RG 4641 AFIP publicado en B.O. del 5/12/2019 

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