El procedimiento previsto para el ejercicio del derecho a la libre elección de su obra social por parte de los beneficiarios Monotributistas, Monotributistas Sociales y Personal de Casas Particulares, se hará operativamente efectivo a partir del día 21 de diciembre de 2020.
En el marco de las Resoluciones SSSalud N° 1216 y N° 1219 ambas del 1° de octubre de 2020, la Superintendencia de Servicios de Salud comunica que con el fin de adecuar debidamente los procesos para el intercambio de datos y novedades entre dicho Organismo y la AFIP, el procedimiento previsto para el ejercicio del derecho a la libre elección de su obra social por parte de los beneficiarios Monotributistas, Monotributistas Sociales y Personal de Casas Particulares, se hará operativamente efectivo a partir del día 21 de diciembre de 2020.
En consecuencia se extiende hasta el día 16 de diciembre de 2020 inclusive hasta las 16 hs. la fecha hasta la cual los Agentes del Seguro de Salud podrán remitir los archivos por FTP que registren hasta el 30 de noviembre, en virtud del procedimiento vigente.
Fuente: Superintendencia de Servicios de Salud