Blog del Contador Planes de Suscripción


Planilla Excel para calcular y determinar el Aporte Solidario y Extraordinario

En la planilla podrá determinar el impuesto a pagar de acuerdo al total de los bienes situados en el país y los bienes en el exterior, teniendo en cuenta en este caso, si se efectuó o no repatriación de los mismos.


A través de la Ley 27605, se creó, con carácter de emergencia y por única vez, un aporte extraordinario, obligatorio, que recaerá sobre las personas humanas residentes en el país o en el exterior, según sus bienes existentes a la fecha de entrada en vigencia de esta ley, determinados de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.

Quedan exentas de este aporte las personas mencionadas cuando el valor de la totalidad de sus bienes no exceda de los doscientos millones de pesos ($ 200.000.000), inclusive. Cuando se supere la mencionada cifra, quedará alcanzada por el aporte de la totalidad de los bienes.

En la planilla que ponemos a disposición para nuestros suscriptores podrá determinar el impuesto a pagar de acuerdo al total de los bienes situados en el país y los bienes en el exterior, teniendo en cuenta en este caso, si se efectuó o no repatriación de los mismos.

Recordamos que los bienes sujetos al aporte son los comprendidos y valuados de acuerdo con las reglas fijadas por el Impuesto sobre los Bienes Personales, independientemente del tratamiento que tengan en dicho impuesto y sin deducción de mínimo no imponible alguno.

La fecha a considerar para la determinación de la base imponible es la de entrada en vigencia de la Ley (18/12/2020).

No se computan los objetos personales y del hogar.

Si ud. es suscriptor puede descargar la planilla ingresando con su usuario y contraseña. También puede acceder al Micrositio «Aporte Solidario y Extraordinario» donde podrá encontrar toda la información del impuesto en forma detallada y separada por temas, además de cuadros resúmenes y herramientas de asistencia.

Si ud. aún no es suscriptor puede conocer planes y beneficios ingresando aquí.

Fuente: Blog del Contador

Blog del Contador Planes de Suscripción


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Scroll al inicio
×