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Resolución A.G.I.P. Nº 565/13. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Riesgo Fiscal. Resolución A.G.I.P. Nº 924/12. Su Modificación.

Se incorporan como contribuyentes o responsables de riesgo fiscal, de acuerdo a lo establecido en la Resolución AGIP Nº 924/12, a las personas físicas o jurídicas que incumplan en tiempo y forma con la obligación de suministrar la información requerida por la Dirección General de Estadística y Censos en ejercicio de sus funciones.


Se incorporan como contribuyentes o responsables de riesgo fiscal, de acuerdo a lo establecido en la Resolución AGIP Nº 924/12, a las personas físicas o jurídicas que incumplan en tiempo y forma con la obligación de suministrar la información requerida por la Dirección General de Estadística y Censos en ejercicio de sus funciones.

Recordamos que el Régimen de Riesgo Fiscal establecido en dicha Resolución se estableció para aquellos contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos a los cuales se les evaluarán los últimos tres años calendarios, y de los que se tendrán en cuenta el grado de cumplimiento de sus obligaciones tanto formales como materiales, de acuerdo con los registros obrantes en las bases de datos de la Dirección General de Rentas.

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