Blog del Contador Planes de Suscripción


Ganancias. AFIP Confirma Cuales son las Deducciones Personales para el Período Fiscal 2013.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informó a través de su sitio web cuales son las deducciones personales a computar en el período fiscal 2013 para la declaración jurada del impuesto a las ganancias de personas físicas y sucesiones indivisas.


El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informó a través de su sitio web cuales son  las deducciones personales a computar en el período fiscal 2013 para la declaración jurada del impuesto a las ganancias de personas físicas y sucesiones indivisas.

Dicha información fue puesta a disposición en virtud de la reunión celebrada el pasado 27 de marzo en el ámbito del Consejo Consultivo Impositivo de la AFIP.

Recordamos que en virtud de los Decretos 244/2013 y 1242/2013 se modificaron las deducciones a computar por los empleadores para la retención del impuesto a las ganancias de todos los asalariados por lo que desde hace tiempo se venía reclamando al fisco se unificaran criterios respecto a que deducciones tomar para la declaración jurada anual y si en alguno de los casos los contribuyentes a los que se les hubiera retenido demás serían beneficiados con la devolución del tributo en exceso.

Al efecto, según la AFIP, las deducciones computables serían las siguientes:

1) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $15.000.

Las retenciones sufridas en el periodo de enero a agosto de 2013, son definitivas y por lo tanto no estarán sujetas a devolución, siendo las deducciones a computar las siguientes:

MNI

15.120

Cónyuge

16.800

Hijos

8.400

Otras cargas

6.300

Deducción especial 4°

El monto total que surja como diferencia entre los ingresos totales del año y las deducciones por mínimo no imponible y cargas de familia que le corresponda
al contribuyente.

 2) Respecto de las remuneraciones brutas mensuales de Enero a agosto/2013: hasta $25.000.

MNI

16.156,80

Cónyuge

17.952,00

Hijos

8.976,00

Otras cargas

6.732,00

Deducción especial 4°

77.552,64

Domésticos

16.156,80

Te puede interesar:   ARCA dio precisiones sobre la transición con la ex AFIP y dejó en claro que (casi) todo seguirá igual

3) Región Patagónica

MNI

16.675,20

Cónyuge

18.528,00

Hijos

9.264,00

Otras cargas

6.948,00

Deducción especial 4°

80.040,96

Domésticos

16.675,20

4) Ingresos y sueldos superiores a $25.000 y resto de contribuyentes

MNI

15.120

Cónyuge

16.800

Hijos

8.400

Otras cargas

6.300

Deducción especial 4°

72.576

Deducción especial

15.120

Domésticos

15.120

 

Blog del Contador Planes de Suscripción


Scroll al inicio
×