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El Gobierno ajusta el marco normativo contra el financiamiento del terrorismo

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El Decreto 278/2024 fortalece las medidas argentinas contra el financiamiento del terrorismo, ajustando el marco normativo a estándares internacionales y agilizando procedimientos de congelamiento de activos sospechosos.


El Decreto 278/2024 fortalece las medidas argentinas contra el financiamiento del terrorismo, ajustando el marco normativo a estándares internacionales y agilizando procedimientos de congelamiento de activos sospechosos.

El Gobierno de la República Argentina, en cumplimiento de su compromiso con los estándares internacionales en la lucha contra el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva, ha promulgado el Decreto 278/2024, el cual fue publicado en el Boletín Oficial el día de hoy.

En el marco de su membresía en el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) desde el año 2000, la República Argentina reconoce la importancia de adoptar medidas efectivas para prevenir y combatir estos flagelos que amenazan la seguridad nacional e internacional.

El Decreto 278/2024 tiene como objetivo principal fortalecer el marco normativo e institucional vigente, especialmente en relación con la Recomendación 6 del GAFI sobre «Sanciones financieras dirigidas relacionadas con el terrorismo y el financiamiento del terrorismo». Esta recomendación, implementada en Argentina a través de la Ley Nº 26.734 en 2011, faculta a la Unidad de Información Financiera (UIF) para llevar a cabo el congelamiento administrativo de activos vinculados a actividades terroristas.

Las disposiciones clave del decreto publicado hoy, que incluye modificaciones al Decreto N° 918/2012 reglamentario de la Ley N° 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo, incluyen:

  • Modificaciones a las definiciones de congelamiento administrativo, bienes y dinero para ajustarlas a los estándares internacionales.
  • Incorporación de la definición de «sin demora» para enfatizar la necesidad de una ejecución inmediata en la prevención de la fuga o disipación de activos vinculados al terrorismo.
  • Ampliación de la obligación de congelamiento a todos los sujetos obligados ante la UIF en caso de operaciones sospechosas de financiamiento del terrorismo.
  • Reducción del plazo para la autorización judicial de operaciones relacionadas con bienes congelados, de acuerdo con las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
  • Posibilidad para la UIF de solicitar la cooperación de terceros países a través del Grupo Egmont para el congelamiento administrativo de activos en virtud de resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
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Estas mejoras en el marco legal y operativo tienen como objetivo reforzar la efectividad del sistema nacional de prevención y combate del terrorismo y el financiamiento del mismo. Además, se establece que el Ministerio de Justicia dictará las normas complementarias necesarias para la aplicación de este decreto, que entra en vigencia el día de su publicación.

Con estas medidas, Argentina reafirma su compromiso en la lucha contra el terrorismo y el financiamiento del mismo, en línea con los estándares internacionales y las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

 

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