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¿Cómo Generar y Obtener la Constancia de CUIL?

El Código Único de Identificación Laboral (CUIL), es el código que se otorga a todo trabajador al inicio de su relación de dependencia que pertenezca al Sistema Integrado Previsional Argentino, y a toda otra persona que intervenga en la gestión de alguna prestación de la Seguridad Social.


El Código Único de Identificación Laboral (CUIL), es el código que se otorga a todo trabajador al inicio de su relación de dependencia que pertenezca al Sistema Integrado Previsional Argentino, y a toda otra persona que intervenga en la gestión de alguna prestación de la Seguridad Social.

Si un trabajador es o ha sido autónomo y tiene asignada una Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), no debe tramitar el CUIL.

El número de CUIL es absolutamente necesario para que el empleador informe a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los aportes y contribuciones, y para cualquier trámite que deba realizar ante ANSES u otra entidad que lo requiera.

Cómo generarlo

El trámite para la asignación de CUIL o la modificación de un dato filiatorio puede ser realizado por el titular o un tercero ante la dependencia ANSES más cercana a su domicilio. Si la presentación la efectúa un tercero, además debe presentar ante el empleado de ANSES su DNI original a fin de acreditar su identidad. 

Documentación que debe presentar:

Para argentinos o extranjeros con residencia permanente en el país:

* DNI, LC o LE

Como excepción, y en caso de pérdida del documento mencionado, la constancia de documento en trámite y otra documentación donde surja el nombre, apellido, la fecha de nacimiento y Número de documento (ejemplo cédula de identidad, licencia de conducir, Pasaporte)

Para extranjeros con residencia no permanente en el país:

* Certificado de la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o

* Pasaporte (en el que conste tipo de residencia, ésta no debe ser turista o permanente), o

* Permiso de Ingreso al País expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina.

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Para extranjeros con residencia permanente en el exterior y que tienen derecho a una prestación de la Ley 24.241:

* Documento del país de origen, o

* Formulario de solicitud de aplicación de Convenio, debidamente certificado en caso de existir un Convenio Internacional.

* En caso que el documento corresponda a un país cuyo alfabeto contenga signos (ej.: China, Japón), los datos identificatorios mencionados, deberán estar traducidos y legalizados por el Consulado Argentino o Representación Diplomática Argentina en ese país.

Para el alta de CUIL a menores de 18 años, además de la documentación mencionada se solicitará:

* El CUIL/T del padre/madre biológica o padres adoptivos, según corresponda. En caso de no tenerlo debe presentar la documentación pertinente para su generación.

* Documentación que acredite la relación Hijo o Hijo Adoptado, según se detalla:

– Hijo Nacido en Argentina: Acta, Partida o Certificado de Nacimiento 

-Hijo Nacido en el Extranjero (*): Acta, Partida o Certificado de Nacimiento Traducido y Legalizado o Apostilla 

– Hijo Adoptado: Testimonio de la Sentencia de Adopción.

Toda la documentación se debe presentar en original y copia. En caso de no presentar el original la copia debe estar certificada por autoridad competente adjuntando a su vez una fotocopia de ésta.

COMO OBTENER LA CONSTANCIA

La constancia de CUIL se puede solicitar a través de distintas vías, todas igualmente válidas por lo que no necesitará ningún trámite posterior:

* accediendo a través de la web de ANSES.

* por teléfono a través del número gratuito 130, recibiendo posteriormente las credenciales por correo.

* presentándose en una UDAI.

* a través de los empleadores adheridos a «Conexión Directa».

Fuente: ANSES

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