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La SRT aumenta el monto mínimo para exigir judicialmente el pago de Cuota Omitida

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha emitido la Resolución 46/2024, mediante la cual se incrementa el monto mínimo judicialmente exigible en concepto de Cuota Omitida, pasando de $40.000 a $200.000.-


La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha emitido la Resolución 46/2024, mediante la cual se incrementa el monto mínimo judicialmente exigible en concepto de Cuota Omitida, pasando de $40.000 a $200.000.-

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) ha emitido la Resolución 46/2024, mediante la cual se incrementa el monto mínimo judicialmente exigible en concepto de Cuota Omitida, pasando de $40.000 a $200.000 a partir del 25 de junio de 2024. Este ajuste implica que solo se emitirán Certificados de Deuda por importes que superen dicho valor para iniciar acciones judiciales de cobro.

La decisión responde a la necesidad de ajustar el monto mínimo a las condiciones actuales, considerando factores como el costo de los procedimientos legales y los gastos operativos relacionados. El análisis realizado por la Subgerencia de Control de Entidades concluyó que el valor anterior de $40.000 era insuficiente para cubrir los costos efectivos del proceso judicial, destacando la importancia de una actualización acorde con los índices de precios y salarios.

La medida se fundamenta en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, que establece que las cuotas omitidas por los empleadores deben ser ingresadas en el Fondo de Garantía. Según la resolución, los costos de gestión, tanto directos como indirectos, justifican un aumento del monto mínimo para hacer viable el cobro judicial de estas deudas.

El informe de la Subgerencia de Control de Entidades detalló que los costos letrados, antes estimados en 61 horas de trabajo por causa, se han reducido a 50 horas gracias a mejoras tecnológicas y procedimientos más eficientes. A su vez, se consideraron otros gastos asociados al proceso judicial, que también han disminuido, lo que llevó a establecer el nuevo monto mínimo en $200.000.

Con esta actualización, la SRT busca optimizar la eficiencia del proceso de recaudación de cuotas omitidas y evitar gastos innecesarios en procedimientos judiciales para montos menores. La medida también pretende asegurar que los recursos del Fondo de Garantía se utilicen de manera más efectiva, destinándose a casos en los que la recuperación de deuda es económicamente viable.

La resolución fue publicada en el Boletín Oficial el 24 de junio de 2024 y entrará en vigencia a partir del día siguiente. Esta normativa actualiza la disposición anterior, establecida en 2019, y se aplicará a todas las acciones de cobro que la SRT emprenda a partir de la fecha mencionada.

 

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