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El INASE simplifica el régimen de información de las especies incluidas en el SISA

La Resolución 245/2024 extiende el actual sistema de obligaciones e informaciones que los operadores y agricultores deben cumplir en el marco del control de comercio y uso de semilla a todas las especies comprendidas en el SISA.


La Resolución 245/2024 extiende el actual sistema de obligaciones e informaciones que los operadores y agricultores deben cumplir en el marco del control de comercio y uso de semilla a todas las especies comprendidas en el SISA.

El Instituto Nacional de Semillas (INASE) ha emitido la Resolución 245/2024, que establece nuevas obligaciones para los agricultores respecto a la declaración de los volúmenes de semilla utilizados o por utilizar en la siembra de la campaña correspondiente.

Según un comunicado del INASE, esta resolución extiende el actual sistema de obligaciones e informaciones que los operadores y agricultores deben cumplir en el marco del control de comercio y uso de semilla a todas las especies comprendidas en el SISA.

De esta manera, el INASE readecúa su marco normativo para optimizar y simplificar el régimen de información de las especies incluidas en el SISA.

La resolución impone a los agricultores la responsabilidad de informar, cuando sea requerido por el INASE, los volúmenes por variedad de la semilla que han utilizado o planean utilizar en la siembra. Además, deberán acreditar la adquisición u origen legal de la semilla mediante la presentación de la factura de compra, considerando esta información como una Declaración Jurada .

La nueva normativa se aplica a las especies incluidas en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Los agricultores deberán conservar la documentación que acredite la adquisición legal de la semilla durante todo el tiempo que pretendan beneficiarse de la excepción del agricultor, conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 20.247 de Semillas y Creaciones Fitogenéticas. Esta excepción permite a los agricultores utilizar semillas propias sin necesidad de adquirir nuevas licencias de uso, siempre y cuando se pueda demostrar el origen legal de la semilla .

La documentación requerida debe ser presentada a través de las plataformas electrónicas disponibles, eliminando la necesidad de enviar documentación en formato papel. Esta medida busca agilizar los procesos de control y fiscalización de la comercialización y uso de semillas .

La resolución también establece sanciones para quienes falseen la información suministrada o no cumplan con los requerimientos de información. Las sanciones se calcularán en base a los valores de densidad de siembra promedio detallados en el anexo de la resolución .

Con la implementación de la Resolución 245/2024, se deroga la Resolución N° 52 de 2003, que regulaba el régimen de información sobre el origen legal y volumen de semilla reservada para ciertas especies .

Esta resolución se enmarca en un esfuerzo más amplio del INASE para fortalecer el control y la transparencia en el uso y comercialización de semillas en Argentina. La normativa busca asegurar que los agricultores cumplan con los estándares legales y de calidad, promoviendo un uso responsable y legal de las semillas en el sector agrícola.

 

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