La Resolución General 5599/2024, emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y publicada hoy en el Boletín Oficial, implementa el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC). Su objetivo es formalizar el registro de trabajadores independientes que emplean hasta tres colaboradores bajo un régimen sin dependencia, siguiendo los lineamientos de la Ley N° 27.742 y el Decreto N° 847/24, en un marco de modernización laboral.
El PADIC surge como respuesta a la Ley N° 27.742 y al Decreto N° 847/24, los cuales reconocen la figura de los trabajadores independientes con colaboradores, y se alinean con la política de modernización laboral en el país. La medida está destinada a facilitar el registro de actividades productivas de pequeños emprendimientos y fortalecer el control fiscal en este sector, beneficiando a trabajadores y al Estado.
Según la normativa, los trabajadores independientes que se inscriban en el PADIC podrán registrar hasta tres colaboradores, quienes no tendrán una relación laboral de dependencia. Este registro incluirá información clave sobre el emprendimiento y sus colaboradores, permitiendo a los autónomos formalizar sus actividades productivas y establecer un vínculo laboral no dependiente con sus ayudantes.
Las partes integrantes del PADIC son:
- Trabajadores independientes: son aquellos a cargo del emprendimiento productivo y quienes tienen «a su cargo» a los colaboradores.
- Colaboradores independientes: son aquellos que integran el emprendimiento productivo bajo la dirección o mando del trabajador independiente.
La resolución aclara que el colaborador independiente podrá realizar actividades de forma concurrente y tendrá la libertad de mantener simultáneamente contratos de colaboración, de trabajo o de provisión de servicios con otros contratantes.
Inscripción en el PADIC
Para cumplir con los requisitos del PADIC, tanto el trabajador como sus colaboradores deben contar con una Clave Fiscal de nivel 3 o superior y un CUIT activo. La inscripción en el padrón se realiza mediante una declaración jurada, y el colaborador cuenta con 72 horas para aceptar o rechazar su inclusión en el registro tras recibir una notificación en su Domicilio Fiscal Electrónico.
Este padrón permite que los trabajadores independientes registren los datos de sus emprendimientos productivos, incluyendo nombre, fecha de inicio, actividad y el CUIT de sus colaboradores.
Confirmación y Rescisión de Colaboradores
Los colaboradores, notificados a través de su Domicilio Fiscal Electrónico, tienen 72 horas para aceptar o rechazar su inclusión en el PADIC.
En cuanto a la rescisión del vínculo, la normativa establece que tanto el trabajador como el colaborador pueden dar por terminado el registro en el PADIC en cualquier momento, debiendo registrar esta decisión en el sistema. Esta disposición pretende otorgar flexibilidad y autonomía a las partes involucradas en este tipo de relación laboral.
Requisitos y Vigencia
Para inscribirse en el PADIC, tanto trabajadores como colaboradores deben tener un CUIT activo y estar registrados como autónomos o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
La Resolución General 5599/2024 comenzó a regir tras su publicación en el Boletín Oficial, y aplica exclusivamente a relaciones de colaboración registradas a partir del 26 de septiembre de 2024. Con esta nueva herramienta, se espera que tanto emprendedores autónomos como colaboradores puedan operar de forma más segura y formal.
El objetivo del PADIC es promover la formalización de los emprendimientos productivos autónomos, garantizando que los colaboradores no tengan una relación de dependencia, pero estén registrados de manera transparente para efectos fiscales y legales. La medida es un paso hacia la adaptación de la normativa laboral a las dinámicas actuales del trabajo.
Finalmente, el PADIC ofrece un marco que fortalece la seguridad fiscal, reduce la informalidad en el ámbito autónomo y permite a los trabajadores independientes y a sus colaboradores operar con un respaldo legal adecuado en un entorno de constante cambio laboral.