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Contribuyentes categorizados por ARCA como «no confiables» no podrán cobrar por transferencia ni tarjetas

Limitan cobro con transferencia.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) restringió la posibilidad de recibir pagos mediante transferencia bancaria o mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas a quienes figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de ARCA.


Limitan cobro con transferencia

Limitan cobro con transferencia. Contribuyentes categorizados por ARCA como «no confiables» no podrán cobrar por transferencia ni tarjetas.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) restringió la posibilidad de recibir pagos mediante transferencia bancaria o mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas a quienes figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de ARCA.

A través de la Comunicación «A» 8144/24 publicada en el Boletín Oficial, la entidad financiera madre le comunicó a los bancos y a los proveedores de servicios de pago (PSP) que deberán negar o discontinuar el servicio de aceptar pagos con transferencia o pagos con tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas a quienes lo soliciten o lo tuvieran, cuando se trate de personas humanas o jurídicas que figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Esta medida será implementada a partir del próximo lunes 16 de diciembre de 2024.

Según la normativa emitida por el BCRA, para llevar a cabo esta medida las entidades deberán utilizar las notificaciones que reciban de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero acerca de las altas y bajas en la citada base.

Asimismo, se dispone que hasta que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero instrumente esas notificaciones, las entidades financieras y los PSP que cumplan la función aceptación de pagos con transferencia, adquirencia y/o agregación o subadquirencia deberán consultar dicha base con periodicidad al menos semanal y tomar las acciones señaladas previamente, es decir la de negar o discontinuar el servicio de aceptar pagos con transferencia o pagos con tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas .

Inclusión en la base de contribuyentes no confiables: Limitan cobro con transferencia.

La Resolución General 3832/16 AFIP establece en su art. 3° que para todos los contribuyentes y responsables inscriptos ante ARCA, se verificará su inclusión en la “Base de Contribuyentes No Confiables”, que comprende a los sujetos respecto de los cuales se haya constatado o detectado inconsistencias en relación a la capacidad operativa, económica y/o financiera, que difiere de la magnitud, calidad o condiciones que exteriorizan sus declaraciones juradas, los comprobantes respaldatorios emitidos, o que no reflejan la operación que intentan documentar, o la ausencia de éstos.

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Asimismo, se verificará para los referidos contribuyentes y responsables su caracterización como:

– Sujeto No Confiable en materia de Seguridad Social – origen ANSES: atento la información remitida periódicamente a este Organismo por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el Artículo 5° de la Resolución N° 421 (ANSES) de fecha 21 de diciembre de 2016, o

– Sujeto No Confiable en materia de Seguridad Social – origen AFIP: que comprende a aquellos sujetos respecto de los cuales se haya constatado o detectado inconsistencias en relación a la generación de nóminas de trabajadores ficticios, calidad o condiciones que exteriorizan las declaraciones juradas de la Seguridad Social, la documentación respaldatoria de dichas relaciones laborales o que no reflejan la realidad de los vínculos con los dependientes que intentan documentar, o la ausencia de éstos.

Según la información brindada por ARCA, las CUITS incluidas en estas bases están limitadas debido a que se detectaron irregularidades que desde el organismo no se pudieron verificar o constatar. En este caso, se limita el uso de algunos servicios hasta tanto se verifiquen dichas irregularidades y la persona responsable pueda regularizar o explicar la situación irregular.

Para regularizar la situación se debe enviar una Presentación digital, trámite “Estado administrativo de la CUIT. Reactivación presencial.”

El caso será analizado por las áreas correspondientes, quienes van a evaluar la situación particular para determinar si es posible restituir el estado de la CUIT. La decisión administrativa será comunicada a través del domicilio fiscal electrónico de la persona responsable de la CUIT.

Al respecto, el abogado tributarista Diego Fraga alertó en su cuenta de X que «si un empleado de AFIP aprieta el botón y te manda a la base apoc, no sólo no vas a poder facturar. Tampoco te van a dejar cobrar mediante tarjetas».

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Para consultar si un contribuyente está dado de alta como contribuyente no confiable, se debe ingresar en este link https://servicioscf.afip.gob.ar/Facturacion/facturasApocrifas/default.aspx. También está disponible el listado completo de contribuyentes incluidos en la denominada base apoc: https://servicioscf.afip.gob.ar/Facturacion/facturasApocrifas/DownloadFile.aspx

 

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