Aumento empleados de comercio enero 2025
Aumento empleados de comercio enero 2025: 5,1% en tres tramos. Accedé al acuerdo completo y la adenda aclaratoria firmada.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) firmaron un nuevo acuerdo en el marco de la paritaria 2024-2026 para el sector mercantil. El acuerdo establece un aumento no remunerativo del 5,1% sobre las escalas salariales básicas del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 130/75, que se abonará en tres tramos a partir de enero de 2025.
Esta revisión se enmarca en el compromiso asumido por las partes en el acuerdo del 29 de noviembre de 2024, donde se estableció la necesidad de reunirse para analizar las variaciones económicas registradas desde entonces. La cláusula 4ta del acuerdo anterior contemplaba esta posibilidad, lo que permitió avanzar en la negociación actual.
Detalles del acuerdo
El incremento del 5,1% se aplicará sobre los valores de las remuneraciones básicas correspondientes a diciembre de 2024, incluyendo las sumas no remunerativas que se incorporen progresivamente. El aumento se distribuirá en tres cuotas iguales del 1,7% cada una:
- Primer tramo: A partir de enero de 2025, con pago efectivo en los haberes de febrero de 2025.
- Segundo tramo: A partir de febrero de 2025, con pago efectivo en los haberes de marzo de 2025.
- Tercer tramo: A partir de marzo de 2025, con pago efectivo en los haberes de abril de 2025.
Vigencia y revisión del acuerdo
El acuerdo tendrá vigencia desde el 1° de enero de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026. Sin embargo, las partes se comprometieron a reunirse nuevamente en abril de 2025 para evaluar las variaciones económicas que puedan haberse producido y analizar posibles ajustes adicionales.
Incorporación de sumas no remunerativas
Las sumas no remunerativas acordadas se incorporarán a los básicos del convenio de la siguiente manera:
- El incremento correspondiente a enero de 2025 se sumará a los haberes de febrero de 2025.
- El incremento correspondiente a febrero de 2025 se sumará a los haberes de marzo de 2025.
- El incremento correspondiente a marzo de 2025 se sumará a los haberes de abril de 2025.
Alcance y excepciones
El acuerdo firmado no es vinculante para los acuerdos salariales que puedan suscribirse en el ámbito de la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego. No obstante, las sumas resultantes de los incrementos pactados constituirán el mínimo convencional vigente a partir de la homologación del acuerdo.
Es una burla a los laburantes!!!
Ni para un día de comida alcanza!!!cavallieri caradura!!!