Nuevos montos de asignaciones familiares aprobados por ANSES desde junio 2021

La ANSES oficializó las asignaciones familiares junio 2021 conforme la nueva ley de movilidad aprobada el año pasado.

A través de la Resolución 109/2021, la ANSES oficializó la movilidad jubilatoria y los nuevos montos de asignaciones familiares y rangos del mes de junio conforme la nueva ley de movilidad aprobada a fines del año pasado.

Recordamos que el segundo párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160 dispone que el cálculo de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley N° 24.714, sus normas complementarias y modificatorias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

Asimismo, el artículo 5º de la Ley N° 27.160 establece que el tope de ingresos previsto en el artículo 3° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, se ajustará de acuerdo con la variación que se produzca en la ganancia no imponible y/o en las deducciones por cargas de familia, previstas en el inciso b), del artículo 23 de la Ley de Impuestos a las Ganancias (t.o. en 1997), sus normas complementarias y modificatorias.

El artículo 12 del Decreto N° 840/2020 determinó que no regirá límite mínimo de ingresos para el cobro de las asignaciones familiares de las personas titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, correspondiente al grupo familiar definido en el Decreto N° 1667/12 y que el límite máximo de ingresos de cada una de las personas integrantes del grupo familiar se determinará en función de lo establecido por el artículo 5° de la Ley N° 27.160 y sus modificatorias.

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Asignaciones familiares junio 2021

La Resolución 109/2021 de la ANSES, estableció que el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares con excepción de la Asignación por Maternidad, será equivalente al 12,12% de los rangos y montos establecidos por Resolución Nº 51/2021 (ANSES), conforme lo previsto en el artículo 1° de la Res. (ANSES) 105/2021.

Fuente: Blog del Contador

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