Planilla Excel para Generar el Formulario 1357 Liquidación Anual Ganancias Cuarta Categoría V4.170519
Con la nueva versión se pueden generar los archivos para importar las liquidaciones anuales o informativas producidas a partir del 1/4/2019.
Con la nueva versión se pueden generar los archivos para importar las liquidaciones anuales o informativas producidas a partir del 1/4/2019.
El mencionado formulario contempla los nuevos importes a abonar por los empleadores del regimen de trabajadores de casas particulares con vigencia desde el período devengado 4/2019 cuyo vencimiento se produjo en mayo.
Se prorroga al 30 de junio de 2019 el plazo para que los contribuyentes radicados en la provincia de Chubut soliciten el beneficio de suspensión de la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación y/o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas en los mismos, correspondientes a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la Ley VII N° 84 de la Provincia del Chubu que declara el estado de emergencia comercial en todo el territorio provincial.
Se modifican los montos de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y de la Asignación por Embarazo para Protección Social en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 186/19 mediante el cual se estableció aplicar un 46% en el monto de dichas asignaciones, que será liquidado a partir del mes de marzo de 2019.
Se establece, con vigencia desde el 27/5/2019, que los empleadores podrán optar por emitir, indistintamente, recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración al personal en relación de dependencia en formato papel o digital, eliminándose el régimen de autorización a los empleadores para emitir recibos de sueldo a través de formas electrónicas o digitales.
En el día de hoy la AFIP realizó adecuaciones a la “Clave Fiscal” con Nivel de Seguridad 3, a los fines de implementar un procedimiento de obtención y/o recupero mediante el uso de una aplicación móvil.
Se realizan adecuaciones a la “Clave Fiscal” con Nivel de Seguridad 3, a los fines de implementar un procedimiento de obtención y/o recupero mediante el uso de una aplicación móvil.
Se reglamentan, con vigencia desde el 1/7/2019, los requisitos, plazos y condiciones para que los sujetos que realicen la impresión y/o producción editorial de libros, folletos e impresos similares, o de diarios, revistas y publicaciones periódicas, así como de ediciones periodísticas digitales de información en línea y sus distribuidores, todos estos en la medida que resulten comprendidos en la exención del inciso a) del Art. 7° de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, soliciten la acreditación, devolución o transferencia de los importes del citado impuesto que les haya sido facturado, según lo dispuesto en el segundo párrafo del Art. 50 de la Ley del gravamen.
Se adecua la Res. Gral. 3.363 estableciendo que los contribuyentes que confeccionen sus estados financieros -con carácter obligatorio u opcional- aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución Técnica Nº 29 (FACPCE), deberán presentar la documentación adicional allí establecida sin considerar el efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
Se aclara que los sujetos que confeccionan estados contables en moneda constante (homogénea) conforme a la Resolución Técnica N° 6 (FACPCE) y sus modificatorias, deben determinar el resultado neto impositivo en el impuesto a las ganancias, ajustando su resultado neto contable a fin de eliminar el importe correspondiente al efecto que se produce por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
Se trataron temas relacionados al ajuste por inflación impositivo, diferentes puntos referidos al impuesto a las ganancias, al valor agregado, cedular, etc. También se respondieron consultas sobre Facturación y Registración, Revlauo Impositivo y diversos temas operativos.
Tal como estaba previsto en la reglamentación correspondiente, en el día de hoy la AFIP habilitó en el servicio Mis Facilidades la opción para adherir al plan de facilidades de pago dispuesto por la resolución general 4.477.
Se deja sin efecto el régimen de información respecto de los pagos y cobros correspondientes a cualquier contrato, clase de vínculo, relación o circunstancia que involucrara la actividad de modelaje a cargo de determinados sujetos para los hechos y operaciones que se produzcan a partir del día 1° de enero de 2019. Se aclara que la información correspondiente al período finalizado el día 31 de diciembre de 2018, inclusive, deberá ser presentada en las fechas de vencimiento fijadas oportunamente.
Se determina que el valor de la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias, correspondiente al mes de junio de 2019, es de 10,74%. Se aprueban los índices de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los trabajadores en relación de dependencia que cesen desde el 31 de mayo de 2019 o soliciten su beneficio desde el 1° de junio de 2019.
Según el acuerdo, la mejora será pagada cada dos meses para la paritaria comprendida entre abril de este año e igual mes de 2020 y se incluye una cláusula gatillo por inflación.