Comunicación «A» 6651 BCRA ✔ Ajuste por Inflación. Entidades Financieras y Casas de Cambio. Aplicación Obligatoria. Vigencia.
Se establece que la aplicación del ajuste por inflación para las entidades financieras y casas de cambio sujetas al control del Banco Central de la República Argentina será de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1/1/20.