Resolución General 58/18 AGR (Catamarca) ✔ Intereses Resarcitorios y de Financiación. Adecuación de Tasas.
Se sustituye la normativa mediante la cual se fijan las tasas de interés a aplicar conforme con las previsiones de los Artículos 74º y 75º del Código Tributario, Ley Nº 5.022 y sus modificatorias. Al respecto, se fija en el tres por ciento (3%) la tasa mensual de interés de financiación a aplicar, en el caso de otorgamiento de facilidades de pago cuando el plan de pago sea de hasta doce (12) cuotas; en el cuatro por ciento (4%) cuando el plan de pago exceda de doce (12) cuotas y en el tres por ciento (3%) la tasa de interés mensual a aplicar por la mora en el pago de las obligaciones tributarias.