Disposición 59/18 DNRyRT#MPyT ✔ Petroleros Privados. Rama Gas Licuado. CCT 592/10. Tope Indemnizatorio Desde 5/2018 y 10/2018.
Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición 82/18 SECT#MT y registrado bajo el Nº 151/18, suscripto entre la Federación Argentina Sindical del Petróleo, Gas y Biocombustibles, por la parte sindical y la Cámara de Empresas Argentinas de Gas Licuado, la Cámara Argentina de Empresas Fraccionadoras, Almacenadoras y Comercializadoras – No Productoras – de Gas Licuado y la Cámara Argentina de Distribuidoras de Gas Licuado, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 592/10.