Nombre del autor:Marcos Felice

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Legislación

Resolución 473/18 SEPYME. Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP). Requisitos Para Solicitar Beneficios.

Se establecen los requisitos que deberán cumplir los solicitantes de los beneficios previstos por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP). Se dispone quienes no podrán ser destinatarios de los beneficios del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP). Se fija el procedimiento a los fines de acceder a los instrumentos establecidos en los incisos a), c) y d) del Artículo 7º del Decreto Nº 606/14 y sus modificatorios.

Societario y Contable

Revalúo Contable. Provincia de Buenos Aires. Guía de Aplicación de la Resolución Técnica 48.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires (CPBA) pone a disposición de sus matriculados una “Guía de aplicación de la RT 48” en la cual se exponen ciertos aspectos generales relativos a la Resolución Técnica N° 48 “Normas Contables Profesionales: Remedición de Activos” (RT N° 48), conforme ha sido aprobada en jurisdicción del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires.

Legislación

Resolución General 4286 AFIP. Impuesto a las Ganancias. Empleados en Relación de Dependencia. Se Modifica el Cómputo de la Deducción Por Hijos.

Se establece que el beneficiario de las rentas indique expresamente en el formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, que por las personas a su cargo no percibe prestaciones del Régimen de Asignaciones Familiares. Se efectúan determinadas precisiones respecto del alcance de la deducción por hijo.

Legislación

Decreto 702/18. Asignaciones Familiares. Se Modifican los Topes Mínimo y Máximo de Ingreso del Grupo Familiar e Individual.

Se establece que los límites mínimo y máximo de ingresos aplicables a los beneficiarios de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, correspondientes al grupo familiar definido en el Decreto N° 1.667/12, serán de UNA (1) vez la base imponible mínima previsional prevista en el artículo 9º de la Ley Nº 24.241 sus modificatorias y complementarias y de PESOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECISIETE ($ 83.917.-) respectivamente.

Laboral y Previsión Social Legislación

Disposición 17/18 DNRT. Textiles (Empleados Rama Indumentaria). Tope Indemnizatorio Desde Junio/17, Octubre/17 y Febrero/18 (CCT N° 501/07).

Se fija el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, correspondiente al acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE EMPLEADOS TEXTILES DE LA INDUSTRIA Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE LA INDUMENTARIA Y AFINES (F.A.I.I.A.), por la parte empleadora.

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