La CAME Confirmó que se Firmó el Acuerdo por la Cláusula Gatillo de Empleados de Comercio y FAECYS Ya Publicó las Nuevas Escalas Salariales Para Enero 2018.
De esta manera, se otorgará un 6% complementario con la siguiente distribución.
De esta manera, se otorgará un 6% complementario con la siguiente distribución.
Una de las tantas modificaciones a las leyes impositivas establecidas en la Ley N° 27430 de Reforma Tributaria tiene que ver con la posibilidad de presentar declaraciones juradas rectificando en menos el impuesto determinado, cosa que al día de hoy la AFIP no lo permite salvo en los casos de errores de cálculo cometidos en la declaración misma.
El plazo para el reempadronamiento de actividades según el nuevo nomenclador que originalmente era el 31/12/2017 pasó al 31/01/2018.
Para el pago electrónico de las mismas, el mencionado sistema no contempla la posibilidad de generar el vep para ser pagado por un tercero, cuando por ejemplo el contribuyente no posee cuenta bancaria.
La Provincia de Córdoba simplificó el pago del impuesto sobre los ingresos brutos para aquellos contribuyentes locales que se encuentren adheridos al Monotributo. Dicha simplificación se dio en el marco de las modificaciones introducidas al Código Fiscal provincial por la Ley N° 10508 y mediante lo dispuesto por la Resolución Normativa N° 14/18. La mencionada
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó, con el Código Fiscal 2018, un aumento de los topes para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado. A partir del 1 de enero partir de 2018 se pueden incluir operaciones por hasta $ 700.000 de facturación anual. El anterior tope era de $ 400.000 anuales.
Se modifican el Código Fiscal y la Ley Impositiva 2018 en el marco de las exenciones correspondientes a los ingresos provenientes de las operaciones y/o servicios realizados entre las cooperativas constituidas conforme con la Ley Nacional Nº 20337 y sus asociados en el cumplimiento de su objeto social, como asimismo los respectivos retornos y a los ingresos provenientes de las actividades que realicen las cooperativas de trabajo exclusivamente respecto de las expresamente previstas en el estatuto y resulten conducentes a la realización del objeto social.
se reglamenta el artículo 125 bis de la Ley N° 24.241, incorporado mediante la Ley Nº 27.426 en lo que respecta al suplemento dinerario equivalente al OCHENTA Y DOS POR CIENTO (82%) del valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil, instituido por el artículo 116 de la Ley 20.744 y sus modificatorias vigente en cada período.
Se modifican las Resoluciones Generales N° 2442 y 4003 de AFIP. Se extiende hasta el 31 de marzo de cada año, la fecha para la presentación del formulario 572 web por parte de los beneficiarios y hasta el 30 de abril de cada año la fecha para que los empleadores efectúen la liquidación anual del gravamen.Se eleva a UN MILLÓN DE PESOS ($ 1.000.000.-) el importe a partir del cual los sujetos comprendidos en las previsiones de las citadas normas deberán informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y pagos a cuenta.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó las fechas de vencimiento para las declaraciones juradas y pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales de personas físicas como así también de los anticipos correspondientes a dichos tributos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio marcha atrás en su idea de acortar los vencimientos para este período fiscal 2018. Con una nueva Resolución General publicada ayer en el B.O. se modificaron las fechas de vencimiento del IVA y de los aportes a los regímenes de la seguridad social y obras sociales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que a partir del próximo lunes 15, determinados trámites ante las distintas dependencias del organismo sean obligatoriamente mediante la solicitud previa de un turno web.
Se establece con carácter obligatorio la utilización del sistema de turnos “web” para la gestión de determinados trámites y formulación de consultas en las dependencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en días y horarios previamente acordados.
Se fijan en el mes de junio de cada año, respecto de las personas físicas y sucesiones indivisas, las obligaciones de presentación y, en su caso, pago de las declaraciones juradas de los aludidos impuestos correspondientes al período fiscal 2017 y siguientes. Se adecuan los meses de ingreso de los anticipos correspondientes a los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, por parte de los referidos sujetos.
Se adecuan los días de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas y/o pago correspondientes al impuesto al valor agregado y a los regímenes nacionales de la seguridad social y de obras sociales.