Resolución 2/16 Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Se Incrementa el Salario Mínimo Vital y Móvil y la Prestación por Desempleo.
Fijase para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el ESTADO NACIONAL actúe como empleador, un SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL excluidas las asignaciones familiares, de conformidad con lo previsto en el artículo 140 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, de: