Resolución General 3866 AFIP. Se Incrementan Topes para el Monotributo Social.
A los fines del goce de los beneficios previstos en el último párrafo del Artículo 11, el segundo párrafo del Artículo 39 y el cuarto párrafo del Artículo 47, todos del Anexo de la Ley N° 24.977, sus modificaciones y complementarias, fíjase en la suma de SETENTA Y DOS MIL PESOS ($ 72.000.-) los ingresos brutos máximos anuales de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.