Resolución General 3837 AFIP. Se Establecen las Tasas de Interés desde Abril 2016 del Plan de Facilidades de Pago Permanente RG 3827.
Modifícase la Resolución General N° 3.827 y su modificación, en la forma que se indica a continuación.
Modifícase la Resolución General N° 3.827 y su modificación, en la forma que se indica a continuación.
Los sujetos comprendidos en las disposiciones de las Resoluciones Generales N° 975, sus modificatorias y complementarias y N° 2.151, su modificatoria y sus complementarias —excepto las sociedades indicadas en su Artículo 30—, deberán utilizar para determinar e ingresar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2007 y siguientes, así como para confeccionar las respectivas declaraciones juradas, el programa aplicativo unificado denominado “GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS – BIENES PERSONALES – Versión 17” que se encuentra disponible en el sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) y cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso, se especifican en el Anexo de esta resolución general.
Modifícase la Resolución General N° 2.437, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Descargue la nueva escala salarial para los empleados de comercio según el nuevo acuerdo 2016
Finalmente en el día de ayer se firmó el acuerdo salarial de los empleados de comercio el cual tendrá vigencia desde abril 2016 y hasta marzo 2017 sin perjuicio del compromiso de las partes de establecer una nueva reunión paritaria en el mes de octubre próximo.
El límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los titulares de los incisos a) y b) del artículo 1° de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias, correspondiente al grupo familiar referido en el artículo 1° del Decreto N° 1667/12, será de PESOS DOSCIENTOS ($200) y PESOS SESENTA MIL ($60.000) respectivamente.
En el día de ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web el tan esperado aplicativo para la liquidación del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales de personas físicas correspondientes al período fiscal 2015 cuyos vencimientos comienzan a vencer el 11 de abril próximo.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos valores que deberán ingresar los trabajadores autónomos a partir del período devengado Marzo 2016.
El nuevo DNI presenta un formato plástico con distintos elementos de seguridad que permiten garantizar su legitimidad. Mediante el uso de modernas tecnologías en el ámbito mundial se optimizó su calidad y seguridad. En la Argentina, es fabricado por el Estado Nacional con recursos humanos, tecnología y equipamiento 100% propios.
Se establece a partir del 1º de marzo de 2016 un régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo a vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
Los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Bienes Personales, a efectos de la confección de la respectiva declaración jurada correspondiente al período fiscal 2015, deberán acceder al micrositio “Ganancias y Bienes Personales Personas Físicas” (http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/) obrante en el sitio “web” institucional de este Organismo, en el cual estará disponible la información referida a:
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en el sitio oficial del organismo las tablas con las valuaciones a tener en cuenta para las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del período fiscal 2015.
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa a tavés de su sitio web los detalles de la Paritaria Mercantil de 2016 del CCT 130/75
A través de la Resolución General 3832 publicada ayer en el Boletín Oficial, la AFIP estableció determinadas categorías de «riesgo» teniendo en cada caso distintos niveles de acceso a los servicios con clave fiscal y derogó la tan polémica inhabilitación de la CUIT para aquellos contribuyentes que estuvieran en falta con el fisco.
[spoiler title=’RESUMEN’ style=’blue’ collapse_link=’true’] Síntesis: Procedimiento. “Sistema Registral”. Estados Administrativos de la Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.). Acceso a los servicios con Clave Fiscal. Resolución General Nº 3.358. Su sustitución. Estado de la Norma: Vigente B.O. 03/03/2016 Vigencia y Aplicación: 03/03/2016 (s/ Artículo 15) Deroga a: Resolución General N° 3.358 AFIP Modificada por: Resolución General N°