Nombre del autor:Marcos Felice

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Impuestos

Como Adherir al Domicilio Fiscal Electrónico de AFIP

De acuerdo a lo establecido en el artículo a continuación del Art. Nº 3 de la Ley 11.683 el domicilio fiscal electrónico es un sitio informático seguro, personalizado y válido, registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza.

Impuestos Legislación Societario y Contable

RG 3748. Nueva Versión del Aplicativo «Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales»

La Administración Federal de Ingresos Públicos aprobó la versión 16 del programa aplicativo Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales mediante el cual las personas físicas, sucesiones indivisas o responsables por deuda ajena, deberán cumplir con su obligación de presentación de declaración jurada de cada uno de los impuestos mencionados.

Impuestos Societario y Contable

Sistema Integral de Retenciones Electronicas (SIRE). Rige la Obligación para los Agentes de Retención y/o Percepción.

De acuerdo a lo establecido por la Resolución General Nº 3726 de la AFIP, desde el día de hoy es obligatorio para los agentes de retención y/o percepción que deban actuar como tales, conforme a los respectivos regímenes de la seguridad social y del “Impuesto a las Ganancias – Beneficiarios del Exterior”, la generación de los certificados de retención y/o percepción a través del sitio www.afip.gob.ar, ingresando al servicio “Sistema Integral de Retenciones Electrónicas” (SIRE) mediante “Clave Fiscal”.

Legislación

Resolución General 3713 AFIP. Clave Fiscal. Procedimiento para su Obtención.

Establécese el procedimiento de registración, autenticación y autorización de usuarios denominado “Clave Fiscal”, a los fines de habilitar a las personas físicas a utilizar y/o interactuar, en nombre propio y/o en representación de terceros, a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), con aquellos servicios informáticos a que se refiere la presente.

Impuestos Legislación

Resolución General N° 3704: Monotributo. Se Autoriza la Utilización de Comprobantes Impresos con Anterioridad al 1 de Noviembre de 2014.

Finalmente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo oficial la resolución con la cual autoriza a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a seguir utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al día 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General N° 3.665, es decir después del 31 de diciembre de 2014.

Impuestos

Facturas con CAI para Monotributistas. Mañana sale la RG 3704 Autorizando el Uso de las Facturas de 2014.

La AFIP informó finalmente qué deberán hacer los monotributistas que todavía tiene facturas impresas en 2014. Ricardo Echegaray adelantó que deberán informar al organismo hasta el 31 de marzo cuál es su stock de facturas, con la numeración respectiva. Los detalles se conocerán mañana en la resolución 3704 que se publicará en el Boletín Oficial.

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