Nombre del autor:Marcos Felice

Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar. También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Blog del Contador Planes de Suscripción


Laboral y Previsión Social Legislación

Escalas Salariales. Trabajo Agrario. Cosecha de Arroz. Incremento desde marzo, junio, agosto y noviembre 2013. Resolución C.N.T.A. Nº 19/13.

Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de COSECHA DE ARROZ en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 3, para las Provincias de ENTRE RIOS y CORRIENTES, que tendrán vigencia a partir del 1º de marzo de 2013, del 1º de junio de 2013, del 1º de agosto de 2013 y del 1º de noviembre de 2013.

Laboral y Previsión Social Legislación

Escalas Salariales. Trabajo Agrario. Actividad Citrícola. Incremento desde abril, julio y noviembre 2013. Resolución C.N.T.A. Nº 18/13.

Fíjanse las remuneraciones para el personal que se desempeña en la actividad CITRICOLA, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional (C.A.R.) Nº 9 para la Provincia de MISIONES y los Departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó de la Provincia de CORRIENTES, las que tendrán vigencia a partir del 1º de abril de 2013, del 1º de julio de 2013 y del 1º de noviembre de 2013.

Legislación

Acordada C.S.J.N. Nº 15/13. Cámaras Federales o Nacionales y Tribunales Orales. Obligación de publicar todas las Sentencias, Acordadas y Resoluciones Administrativas.

Establecer que las Cámaras Federales o Nacionales, así como los Tribunales Orales, sin excepción alguna, publicaran –exclusivamente– todas las sentencias, acordadas y resoluciones administrativas que suscriban a través del Centro de Información Judicial; ello, con los resguardos legales que adoptaran los Tribunales respectivos, según corresponda, en orden a la tutela de los derechos personalísimos de quienes, por ser parte o terceros en el proceso, pudieran resultar afectados por la difusión de datos protegidos.

Legislación

Resolución S.E. Nº 1037/13. Programa de Empleo Independiente y Entramados Productivos Locales. Establécese subsidio no reembolsable.

Establécese, por única vez, un subsidio no reembolsable de hasta PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para los emprendimientos productivos de la Línea de Promoción del Empleo Independiente del PROGRAMA DE EMPLEO INDEPENDIENTE Y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES que resultaron afectados por las inundaciones ocurridas los días 1 y 2 de abril de 2013.

Scroll al inicio
×