Resolución D.G.R. (G.C.B.A.) N° 584/13. Impuesto inmobiliario. Tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros. Cuota 5/13. Contribuyentes adheridos al sistema de pago de débito directo. Se establece como fecha de vencimiento el 21/5/13.
Se establece como nueva fecha de vencimiento el día 21 de mayo de 2013 para aquellos contribuyentes del impuesto inmobiliario y tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros que estuvieran adheridos al sistema de pago mediante débito directo.