Disposición 1/2023 GCP#SRT: suma fija ART enero 2023
La suma fija prevista en el artículo 5° del Decreto N° 590/97 queda determinada en PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES ($ 183).
La suma fija prevista en el artículo 5° del Decreto N° 590/97 queda determinada en PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES ($ 183).
A través de la Disposición 1/2023 se establece que el valor de la suma fija será de $ 183,00.- para el devengado del mes de enero de 2023.
Prorrogar hasta el día 27 de enero de 2023, inclusive, el plazo establecido en el artículo 20 de la RG 4.309 a efectos de cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2022.
Así lo dispuso a través de la Resolución General N° 5318/23, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Las empresas argentinas están obligadas a contratar un seguro de ART en caso de que sus trabajadores sufran alguna incapacidad laboral temporaria o permanente. En qué consiste y cómo funciona.
Tener todo integrado en un solo sistema, nos permite llevar un control más organizado de los clientes, ahorrar tiempo y anticipar acciones tomado decisiones con información precisa.
A partir del nuevo entendimiento los trabajadores cobrarán un 13% más en febrero y un 9,9% adicional en marzo.
En las últimas semanas los principales servicios y/o aplicaciones de la Administración han presentado inconvenientes.
Cualquier ciudadano podrá alertar sobre la falta de emisión de comprobantes, la presencia de personal no declarado y el trabajo ilegal, solo con su número de CUIT/CUIL/CDI y un correo electrónico de contacto.
La resolución general 5316 readecua los procedimientos vigentes para la interposición del recurso de apelación previsto en el artículo 74 del Decreto N° 1.397/1979.
La inscripción para que las empleadoras y los empleadores soliciten el reintegro y presenten la información requerida por la Res. (MTEySS) 1691/2022 se inició el 16 de enero de 2023 y finalizará el 23 de enero de 2023.
Modificar la Resolución General N° 4.309, su modificatoria y sus complementarias, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.976, su modificatoria y su complementaria, en la forma que se indica a continuación.
Modificar la Resolución General N° 4.003, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación.
La adecuación establece que los datos deberán precisarse cuando el importe de una factura sea igual o superior a $ 61.534 y su receptor sea un consumidor final.