Complemento Mensual Asignación por Hijo: ¿Quiénes podrán cobrarlo y de cuánto será el beneficio?

El Gobierno dispuso, mediante decreto, un Complemento Mensual que, según los fundamentos de la norma, viene a generar un alivio a las familias en tanto perduran las consecuencias de la crítica situación socioeconómica atravesada hasta diciembre de 2019 y durante la pandemia por COVID-19.

Su impacto inmediato, generará la duplicación de los ingresos por la Asignación Por Hijo durante los meses de octubre y noviembre de 2021, significando un importante alivio para los hogares de trabajadoras registradas y trabajadores registrados o con Prestación por Desempleo con niños, niñas y adolescentes a cargo y que alcanzará al 89 % del total de las infancias cubiertas por este Régimen de Asignaciones Familiares, según estimaciones del Ejecutivo.

Complemento Mensual Asignación por Hijo

Puntualmente, el Decreto 719/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial, establece un Complemento Mensual respecto de la Asignación por Hijo el cual se abonará a:

  1. Los trabajadores y las trabajadoras que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública nacional, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
  2. Los beneficiarios y las beneficiarias de la Prestación por Desempleo de las Leyes Nros. 24.013 y 25.371, siempre que el ingreso del grupo familiar establecido por el Decreto Nº 1667/12 se encuentre dentro del primer o del segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21  o las que en el futuro la reemplacen.
  3. Los y las contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que tributen en las categorías A, B, C o D.
  4. Los trabajadores temporarios comprendidos en el artículo 17 de la Ley N° 26.727 y, aquellos trabajadores dependientes que presten servicios en forma discontinua que perciban las asignaciones familiares del primer o del segundo rango fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.

El monto del Complemento Mensual que se abonará en el mes de octubre de 2021 consistirá:

  1. En una suma no remunerativa equivalente a $5063.-, para las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
  2. En una suma no remunerativa equivalente a $3415.-, para las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

El monto de las sumas no remunerativas, a partir del mes de noviembre de 2021, se adecuará de la siguiente forma:

  1. Para las personas comprendidas en el inciso a. del punto 2 anterior, será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $ 10.126.-, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al primer rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.
  2. Para las personas comprendidas en el inciso b. del punto 2 anterior, será equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $ 6830.-, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen.

El Complemento Mensual se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar