Consultorio / Capacitación

Consultorio / Capacitación Impuestos

SIRADIG: Puntos Clave para Presentar el F.572 Web e Informar las Deducciones a Computar en la Liquidación Anual 2016

Los empleados en relación de dependencia y los jubilados a los cuales se les retenga el impuesto a las ganancias de sus sueldos y/o haberes tienen tiempo hasta el próximo 31 de marzo para presentar ante su empleador, a través del formulario 572 web, las deducciones a computar en la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2016.

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Monotributo. Régimen General, Trabajo Promovido y Monotributo Social. Cuadro Comparativo (Actualizado 2017)

El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, o más comúnmente conocido Monotributo, posee, además de su régimen general, otros dos regímenes como son el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y el Monotributo Social. Conozca las principales diferencias entre uno y otro.

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Nuevas Obligaciones del Monotributo 2017: Implicancias y Consecuencias del Domicilio Fiscal Electrónico.

La Administración Federal de Ingresos Públicos a través de los recientes cambios en el Régimen Simplificado estableció la obligatoriedad de adherir al Domicilio Fiscal Electrónico para las nuevas altas de monotributistas y un plazo especial (hasta el 30 de septiembre del corriente) para los que ya están al día de hoy bajo la órbita del régimen.

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Monotributo 2017. Recategorizaciones, Declaración Jurada Informativa, Domicilio Electrónico, Factura Electrónica y Pago Electrónico. ¿Quienes Quedan Obligados con las Modificaciones de la Ley 27346, la RG 3982 y la RG 3990?

Finalmente en el día de hoy salio publicada la Resolución General N° 3982 de AFIP mediante la cual se reglamentan las modificaciones introducidas al Régimen Simplificado (Monotributo) por la Ley N° 27346 para el año 2017.

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Tapón Fiscal: ¿Quienes Deben Presentar la Declaración Jurada de Confirmación de Datos del Artículo 85 de la Ley 27260 y que Efectos Produce?

La Declaración Jurada de Confirmación de Datos permite informar al fisco que la totalidad de los bienes y tenencias que posean los contribuyentes son aquellos exteriorizados en las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias, del impuesto sobre los bienes personales o, en su caso, del impuesto a la ganancia mínima presunta, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2015.

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