Inhabilitación de CUIT (R.G. N° 3358). AFIP Estableció Pautas Internas para la Tramitación de Solicitudes de Rehabilitación.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció el procedimiento para actuar ante las solicitudes de los contribuyentes a los que se les haya cancelado la CUIT. Lo hizo mediante una Nota Interna.