Impuestos

Aquí encontrarás las novedades de los principales impuestos a nivel nacional y lo referente al régimen de facturación de AFIP.

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Es Oficial la Reforma Impositiva 2019 🆕 Se Promulgaron las Leyes del Paquete Económico con Cambios en Bienes Personales, Ganancias, Consenso Fiscal y Más.

Ley 27467. Ley 27468. Ley 27469. Ley 27470. En el día de hoy se publicaron en el Boletín Oficial las leyes del paquete económico que el Gobierno Nacional impulsó en el Congreso y que tuvieron varios idas y vueltas desde hace unos meses hasta su aprobación definitiva el pasado 15 de noviembre y su reciente promulgación y publicación oficial.

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Impuestos Legislación

Ley 27470 ✔ Monotributo. Productores de Tabaco, Caña de Azúcar, Yerba Mate y Té. Régimen Especial.

Ley 27470. Se establece un régimen especial de Monotributo a los pequeños productores de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té. Si disponen las pautas, condiciones y requisitos para permanecer en el mencionado régimen.

Asimismo, se establece que los sujetos que opten por el régimen regulado en la presente ley se encontrarán exentos de ingresar el impuesto integrado, debiendo abonar, únicamente, las cotizaciones previsionales disminuidas en un cincuenta por ciento (50%).

Por último, se faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Secretaría de Gobierno de Agroindustria, dependiente del Ministerio de Producción y Trabajo, a disponer la creación de registros especiales en los que deberán inscribirse los pequeños contribuyentes como condición para adherir a lo previsto en esta ley.

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Ley 27469 ✔ Impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y de Sellos. Adenda al Consenso Fiscal.

Ley 27469. Se aprueba el Consenso Fiscal suscrito el 13 de septiembre de 2018 por el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. A través del mismo, se acordaron modificaciones al consenso firmado en 2017 respecto al impuesto a las ganancias, sobre los bienes personales y de sellos.

Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General 1513/18 DPR (Jujuy) ✔ Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes Locales. Régimen de Retención sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB). Se Incorporan Operaciones Excluidas. Se Implementa Régimen de Información.

Se adecua la normativa referida al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias para los contribuyentes inscriptos en el régimen local incorporándose nuevas operaciones excluidas. Se establece un régimen de información para los agentes del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.

Impuestos Legislación Provinciales

Resolución General 1512/18 DPR (Jujuy) ✔ Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Régimen de Retención sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB). Se Incorporan Operaciones Excluidas. Se Implementa Régimen de Información.

Se adecua la normativa referida al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias para los contribuyentes inscriptos en el régimen del convenio multilateral incorporándose nuevas operaciones excluidas. Se establece un régimen de información para los agentes del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos. Se modifican alícuotas.

Impuestos Legislación

Resolución General 4346 AFIP ✔ Régimen de Facilidades de Pago Permanente. Deuda General y Deuda en Gestión Judicial de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1. Deudas por Ajustes de Fiscalización de Todos los Sujetos. Adecuaciones de Carácter Transitorio.

Se adecua el plan de facilidades permanente establecido por la Resolución General 4.268, estableciéndose que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1-categorizadas como tal en el “Sistema Registral”, con carácter transitorio desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 28 de febrero de 2019, ambas fechas inclusive, podrán regularizar sus obligaciones por tipo de deuda general y en gestión judicial, mediante la cantidad máxima de seis planes de facilidades.

Asimismo, se establece que los contribuyentes y/o responsables que regularicen deudas originadas en ajustes de fiscalización, podrán solicitar para su cancelación -con carácter transitorio entre el 1 de diciembre de 2018 y el 31 de marzo de 2019, ambas fechas inclusive-, la adhesión a planes de facilidades de pago según lo previsto por la Resolución General N° 4.268 y su modificación, de hasta la cantidad máxima de VEINTICUATRO (24) cuotas.

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Impuestos Jurisprudencia

Jurisprudencia. CSJN. Impuesto a las Ganancias. Medida Cautelar que Eximía a Jueces y Funcionarios de la Justicia Nacional. Se Deja sin Efecto.

La Corte Suprema resolvió por unanimidad revocar la medida cautelar que había exceptuado del pago del impuesto a las ganancias a un grupo de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de la Nación y del Ministerio Público que asumieron sus actuales cargos con posterioridad al 1° de enero de 2017.

Impuestos Legislación

Resolución General 4343 ✔ Impuesto a las Ganancias. Régimen de Retención sobre Operaciones de Venta de Granos No Destinados a la Siembra y Legumbres Secas. Adecuaciones.

Se establece que en el marco del régimen de retención del impuesto a las ganancias aplicable a las operaciones de comercialización de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas, cuando intervengan Mercados de Futuros y Opciones, el sujeto pasible de la retención será aquel a cuyo nombre se encuentre inscripto el contrato.

Impuestos Legislación

Proyecto de Ley Con Modificaciones del Senado. Impuesto sobre los Bienes Personales. Nuevo Mínimo No Imponible. Nueva Escala de Alícuotas. Exención para Inmuebles Destinados a Casa Habitación.

Se incorporan una serie de cambios en los artículos 22, 24 y 25 del Título VI de la Ley N° 23.966 del Impuesto sobre los Bienes Personales, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Se propone el incremento del mínimo no imponible previsto en el artículo 24 de la ley, estableciéndose a partir de los ejercicios fiscales 2019 y siguientes en dos millones de pesos ($ 2.000.000). Por otra parte, también se propicia un esquema de progresividad del impuesto. En tal sentido se establece una escala con determinadas bases imponibles y alícuotas aplicables las cuales llegan a incrementarse al 0,75% respecto a lo que rige actualmente. Por último, se establece que en el caso de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a dieciocho millones de pesos ($ 18.000.000).

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