Intercambio de información sobre cuentas financieras: AFIP adopta las recomendaciones de la OCDE

La Resolución General N° 4888 modifica el listado de entidades excluidas para incorporar como sujetos obligados a reportar a las casas y agencias de cambio que no habiliten cuentas a nombre de sus clientes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fortalece sus herramientas en materia de intercambio de información sobre cuentas financieras de argentinos alrededor del mundo.

Como parte de su estrategia de fiscalización el organismo introdujo un conjunto de recomendaciones internacionales a la normativa vigente para fortalecer los mecanismos de intercambio de información bajo el Estándar Común de Reporte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Las modificaciones introducidas a través de la Resolución General N° 4888 mejoran la calidad de la información sobre los sujetos no residentes que Argentina comparte con el resto del mundo.

La adopción de las recomendaciones realizadas por el Foro Global de la OCDE garantizan la reciprocidad con más de 80 países que remiten datos de cuentas financieras a la AFIP. Los cambios facilitarán las tareas de fiscalización internacional del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont.

Argentina comenzó a recibir la información financiera prevista en el Estándar Común de Reporte de la OCDE en 2017.

Los datos receptados por la AFIP están vinculados a cuentas financieras de argentinos alrededor del mundo. Los datos recibidos anualmente incluyen los saldos, intereses, dividendos y productos de las ventas de activos financieros, informados a los gobiernos por las instituciones financieras, que cubren las cuentas de personas y entidades.

El mecanismo creado para fortalecer las acciones globales contra la evasión fiscal no solo le permite recibir información sino que obliga al país a compartir datos sobre las cuentas financieras de los no residentes.

Te puede interesar:   AFIP presenta a Tina, la nueva asistente virtual para agilizar consultas

La Resolución General N° 4888 modifica el listado de entidades excluidas para incorporar como sujetos obligados a reportar a las casas y agencias de cambio que no habiliten cuentas a nombre de sus clientes.

También se incluye en dicho listado a las aseguradoras. Asimismo se introducen cambios en los procedimientos de debida diligencia que deben cumplir las entidades argentinas alcanzadas.

Fuente: Prensa AFIP

Blog del Contador Planes de Suscripción


Si tenes alguna duda sobre el artículo que acabas de leer consultanos al mail contacto@blogdelcontador.com.ar.
También podes acceder a contenido y herramientas exclusivas suscribiéndote en https://siap.blogdelcontador.com.ar/planes/

Más del Autor

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

También te puede interesar