El Gobierno de la Ciudad de Buenos restableció el plan de facilidades de pago de carácter transitorio por el cual se podrán cancelar obligaciones tributarias adeudas en hasta 120 cuotas.
A través de la Resolución Nº 462/15, el Ministerio de Hacienda porteño decidió restablecer, con vigencia desde el 1 de mayo de 2015 hasta el 30 de junio de 2015, el Plan de Facilidades de carácter transitorio dispuesto por la Resolución Nº 910/MHGC/14 bajo las siguientes condiciones:
– Vigencia: será de carácter transitorio entre el 1 de mayo de 2015 hasta el 30 de junio de 2015.
-Cantidad de cuotas: hasta 120.
– Intereses: se abonará un interés financiero decreciente de acuerdo a la siguiente tabla:
Interés Mensual Para las Cuotas
2,00% 1 a 6
1,50% 7 a 12
1,00% 13 a 60
0,50% 61 a 120
– Anticipos: se abonará un anticipo sobre el total consolidado de acuerdo al siguiente detalle:
I) 10% para los planes de hasta 90 cuotas inclusive
II) 15% para los planes de más de 90 cuotas
– Obligaciones que se pueden incluir: obligaciones tributarias adeudadas, intereses, accesorios y multas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -excluido el Régimen Simplificado- y del Impuesto de Sellos. Quedan excluidos los agentes de recaudación.
– Requisitos: no adeudar obligaciones tributarias del periodo fiscal 2015, exigibles al momento del acogimiento por el tributo que se regulariza.