Resolución 366/18 ATER (Entre Ríos). Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Otros. Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Fiscales Para Contribuyentes del Rubro Servicios. Reglamentación.
Se reglamenta el «Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Fiscales» para los contribuyentes que se encuadren en el rubro servicios, y que revistan en la categoría de micro, pequeño, mediano 1, mediano 2 y no pyme, según la clasificación dispuesta por el artículo 191 del Código Fiscal (t.o. 2014), sustituido por el artículo 8 de la ley 10557, para la cancelación de sus obligaciones adeudadas en concepto tributos provinciales, cuyos vencimientos hubieren operado hasta el día 31 de julio de 2018 establecido mediante Decreto 3.151/18. A tal fin se establece que a los fines de determinar la deuda a regularizar en el presente Régimen, se considerarán las multas e intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de suscripción del acogimiento, sin perjuicio de las quitas o reducciones que sobre los accesorios se efectúen, conforme a la modalidad de pago elegida por el contribuyente.