Legislación

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Resolución 75/18 MEHyF (Entre Ríos). Comercio Mayorista y Minorista. Se Establece un Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Fiscales.

Se establece un “Régimen especial de regularización de obligaciones fiscales” para los contribuyentes que desarrollen actividades de comercio mayorista y minorista, y que revistan la Categoría de micro, pequeño, mediano 1 o mediano 2, según la clasificación dispuesta por el art. 191 del Código Fiscal (t.o. en 2014), sustituido por el art. 8 de la Ley 10.557, para la cancelación de sus obligaciones adeudadas en concepto “tributos provinciales”, administrados por la Administradora Tributaria de Entre Ríos, cuyos vencimientos hubieren operado hasta el día 31 de mayo de 2018, incluyendo sus intereses y multas, de conformidad con las disposiciones de los artículos siguientes.

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Resolución Normativa 34/18 ARBA (Buenos Aires). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Modificaciones al Régimen Especial de Percepción Para la Comercialización Mayorista de Combustibles Líquidos. Prórroga.

Se prorroga del 1 de septiembre al 1 de noviembre de 2018 la entrada en vigencia de las modificaciones dispuestas por la Resolución Normativa N° 27/18 al Régimen Especial de Percepción Para la Comercialización Mayorista de Combustibles Líquidos correspondiente al impuesto sobre los ingresos brutos.

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Resolución General 97/18 DGR (Tucumán). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y Para la Salud Pública. Régimen de Facilidades de Pago Res. 12/04 ME. Reglamentación.

Se reglamenta el reestablecimiento del plan de facilidades de pago establecido por la Resolución N° 12/04 ME disponiendo que las condiciones, requisitos y formalidades que deberán cumplirse para el otorgamiento de la facilidad de pago administrativa restablecida por la Resolución N° 1144/18 ME son los previstos por la Resolución General N° 11/04 DGR sus modificatorias y normas complementarias, y lo dispuesto por la presente resolución general, con los alcances establecidos por la citada resolución ministerial.

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Resolución 43/18 SIP (Córdoba). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de Retención sobre Acreditaciones Bancarias (SIRCREB). Se Incorporan Operaciones Excluidas.

Se adecua la normativa referida al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre acreditaciones bancarias incorporándose nuevas operaciones excluidas. Se establece un régimen de información para los agentes del régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.

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Resolución General 30/18 DGR (Misiones). Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Domicilio Fiscal Electrónico. Constitución Obligatoria.

Se modifica la Resolución General N° 7/17 y se aprueba nuevo texto ordenado. Se establece que que todo sujeto obligado en virtud del Artículo 26º bis del Código Fiscal Provincial (Ley XXII – N° 35) deberá constituir domicilio fiscal electrónico hasta el 30 de septiembre 2018 mediante el formulario aprobado en el Artículo 1º, disponible en el sitio web del organismo y que podrá ser utilizado previa generación de usuario y clave fiscal. Las comunicaciones (avisos, citaciones, notificaciones, intimaciones y similares, incluyendo el envío de las boletas para el pago de tributos), que efectúe la Dirección General de Rentas de la Provincia de Misiones a los contribuyentes, responsables o terceros, podrán ser practicadas digitalmente en sus domicilios fiscales electrónicos, en la forma, modo y condiciones que se establecen en la presente Resolución.

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Resolución 306/18 MA. Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA). Sujetos Obligados. Se Incorporan los Mercados Concentradores de Frutas y Verduras y las Carnicerías Minoristas.

Se establecen modificaciones al Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA) incorporando la categoría Mercados Concentradores de Frutas y Verduras dentro los operadores obligados a inscribirse en dicho Registro. Asimismo, de acuerdo con la política pública referida a la transparencia de la cadena de valor de la carne vacuna específicamente, se incorpora al segmento minorista dentro del RUCA.

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Resolución 2432/18 INAES. Cooperativas y Mutuales. Actualización Nacional de Datos. Se Establece Su Obligatoriedad Previo a Efectuar Presentaciones Ante el INAES.

Se establece que las cooperativas y mutuales, previo a efectuar presentaciones ante el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL, deben haber dado cumplimiento con el proceso de actualización nacional de datos establecido en la Resolución Nº RESFC-2018-580-APN-DI#INAES. Se establece entre el 5 de septiembre de 2018 y el 30 de noviembre de 2018, el plazo para que efectúen la Actualización Nacional de Datos las cooperativas y mutuales que no la hubiesen realizado en los términos contemplados en la Resolución Nº RESFC-2018-580-APN-DI#INAES. El trámite estará disponible en la plataforma de trámites a distancia (TAD) del sistema de gestión documental electrónica (GDE), ingresando al link: https://tramitesadistancia.gob.ar/.

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Resolución 2003/18 INAES. Cooperativas Inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Autorización Para Presentar Estados Contables Simplificados.

Se autoriza  a las cooperativas de trabajo, agropecuarias o de provisión, inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social en los términos contemplados en la RESOL-2018-249-APN-SES#MDS, a presentar, durante el período de vigencia de su inscripción, ante la autoridad de aplicación, estados contables simplificados conforme el modelo aprobado por Resolución INAES N° 4518/11. Podrán asentar en un solo libro de actas: el registro de las actas de asambleas, el registro de los asociados asistentes a las asambleas, el registro de las actas de las reuniones del consejo de administración, las observaciones del Síndico, si las hubiera, y los informes trimestrales de auditoría. En el libro inventario y balances se asentarán también los informes anuales de auditoría.

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Resolución 297/18 MA. Provincia de Formosa. Se Declara Estado de Emergencia Agropecuaria.

Se da por por declarado en la Provincia de FORMOSA el estado de emergencia agropecuaria, desde el 1 de enero de 2018 al 31 de julio de 2019, para el sector ganadero afectado por inundación como consecuencia del desborde del Río Pilcomayo y del Bañado La Estrella y su zona de influencia, ocurrido en los meses de diciembre de 2017 y fines de enero de 2018, de los Departamentos Ramón Lista, Patiño, Bermejo, Pirané, Pilagás, Pilcomayo y Formosa.

Laboral y Previsión Social Legislación

Resolución 845/18 ST. Químicos y Petroquímicos. Obreros y Empleados Químicos FATIQYP. CCT 77/89. Homologación de Acuerdo. Escala Salarial Desde Mayo/18, Julio/18, Septiembre/18, Noviembre/18 y Febrero/19.

Se declaran homologados los Acuerdos celebrados entre la Federación Argentina de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas (F.A.T.I.Q.Y.P.), el Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de da Ciudad de Buenos Aires y Zonas Adyacentes y la Cámara De La Industria Química Y Petroquímica, mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89, entre otros beneficios, cuya vigencia se pacta entre el 1° de mayo 2018 y el 30 de abril de 2019.

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Resolución 264/18 AGIP (CABA). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Reclamos de Repetición Originados en Retenciones y/o Percepciones. Se Incrementa el Tope A Partir del Cual Se Deberá Verificar la Existencia de Deuda en Otros Impuestos.

Se establece que los reclamos de repetición del impuesto sobre los ingresos brutos originados en retenciones/percepciones efectuadas por los agentes de recaudación, cuyos importes no superen la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), no requieren la verificación de la existencia de deuda con respecto de los restantes gravámenes por los que se encuentra alcanzado el contribuyente. Dicho procedimiento solo será aplicable respecto de los contribuyentes o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos cuya conducta tributaria no haya sido calificada en los niveles 3 (alto) y 4 (muy alto).

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Resolución 1144/18 ME (Tucumán). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y Para la Salud Pública. Régimen de Facilidades de Pago Res. 12/04 ME. Se Restablece su Vigencia.

Se restablece hasta el 28 de setiembre de 2018 inclusive, la vigencia del régimen de facilidades de pago dispuesto por la resolución (ME) 12/2004 y sus modificatorias. Deudas comprendidas: impuestos sobre los ingresos brutos y para la salud pública, adeudados a la fecha de presentación de la respectiva solicitud. La regularización de los tributos se formalizará a través de la regularización de sus respectivos anticipos. Quedan también comprendidas dentro del régimen cuya vigencia se restablece, las deudas por retenciones o percepciones practicadas y no ingresadas y los anticipos adeudados del período fiscal en curso, salvo aquel anticipo cuyo vencimiento haya operado en el mes anterior a la fecha de presentación de la respectiva solicitud. También podrán regularizarse las sanciones de multas aplicadas -firmes o no- previstas en el Código Tributario Provincial. Quedan excluidas las deudas regularizadas mediante planes de facilidades de pago vigentes a la fecha de entrada en vigor de la presente resolución o que a su respecto -a dicha fecha- no haya operado el instituto de la caducidad establecido por la respectiva norma.

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