Escalas Salariales. Trabajo Agrario. Siembra y Trasplante de Ajo y Cebolla. Incremento desde marzo 2013. Resolución C.N.T.A. Nº 7/13.
Fíjanse remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Siembra y Trasplante de Ajo y Cebolla.
Fíjanse remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Siembra y Trasplante de Ajo y Cebolla.
Fíjanse remuneraciones para el personal ocupado en las tareas de Corte y Manipuleo de Hierbas Aromáticas.
Establecer que las Cámaras Federales o Nacionales, así como los Tribunales Orales, sin excepción alguna, publicaran –exclusivamente– todas las sentencias, acordadas y resoluciones administrativas que suscriban a través del Centro de Información Judicial; ello, con los resguardos legales que adoptaran los Tribunales respectivos, según corresponda, en orden a la tutela de los derechos personalísimos de quienes, por ser parte o terceros en el proceso, pudieran resultar afectados por la difusión de datos protegidos.
Disponer la liquidación y pago de un incremento salarial del diez por ciento (10%) a partir del 1 de marzo de 2013, remunerativo y bonificable, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación.
Se declaran homologados el Acuerdo y las escalas salariales celebrados entre la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la CAMARA ARGENTINA DE LOCUTORIOS.
Establécese, por única vez, un subsidio no reembolsable de hasta PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para los emprendimientos productivos de la Línea de Promoción del Empleo Independiente del PROGRAMA DE EMPLEO INDEPENDIENTE Y ENTRAMADOS PRODUCTIVOS LOCALES que resultaron afectados por las inundaciones ocurridas los días 1 y 2 de abril de 2013.
El uso del Sistema Informático de Gestión Judicial (SGJ) en todos los juzgados, tribunales y dependencias del Poder Judicial de la Nación, será de carácter obligatorio.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación y los tribunales de segunda instancia que integran el Poder Judicial de la Nación deberán publicar íntegramente todas las acordadas y resoluciones que dicten, el mismo día de su dictado. La Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores que integran el Poder Judicial de la Nación deberán publicar una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite ante dichos estrados.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO ARGENTINO DE MUSICOS (SADEM), y la ASOCIACION DE HOTELES, RESTAURANTES, CONFITERIAS Y CAFES.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA MINERA ARGENTINA por el sector de los trabajadores junto a la FEDERACION ARGENTINA DE LA PIEDRA, la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESARIOS MINEROS, la CAMARA MINERA DE SAN JUAN, la CAMARA DE LA PIEDRA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la CAMARA MINERA DE JUJUY y la CAMARA EMPRESARIA MINERA DE CORDOBA.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE PASTAS ALIMENTICIAS, por la parte sindical, y la UNION DE INDUSTRIALES FIDEEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora.
Se declara homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PUBLICO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SUTEP) y la ASOCIACION TELERADIODIFUSORAS ARGENTINA (ATA) juntamente con la CAMARA ARGENTINA DE PRODUCTORAS INDEPENDIENTES DE TELEVISION ASOCIACION CIVIL (CAPIT).
Establecer que los administradores de áreas comerciales no convencionales (ferias, mercados o similares) ubicadas en la Provincia de Buenos Aires, deberán actuar como agentes de percepción, con relación a los sujetos que realicen actividades en dichos predios; y que revestirán el carácter de sujetos pasibles de la percepción quienes comercialicen, en forma mayorista y/o minorista, los productos definidos en el artículo anterior, y/o presten servicios gastronómicos.
Instrumentar el Registro de Proveedores de Contrataciones Centrales, en adelante (RPCC), el cual funcionará dentro del ámbito de la Dirección de Logística, a los fines de la inscripción de los interesados en participar en los procedimientos de selección de contratación que lleve a cabo la Unidad con Capacidad de Contratación Central, del Departamento Administración de Compras, conforme las especificaciones y requisitos establecidos por medio de la presente.
Establecer que los contribuyentes que deseen obtener su inclusión en el Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios y la consecuente exención impositiva de pago del impuesto sobre los ingresos brutos prevista en el art. 10 de la Ley 14.029, deberán formular tal petición ante el Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, en su carácter de autoridad de aplicación de la citada ley.