Impuesto Inmobiliario. Actividad de alojamientos, hospedajes, salones de eventos, cines, guarderías y gimnasios. Extinción de pleno derecho de las deudas, sus intereses y multas. La entrada Ley (Buenos Aires) 15307 se publicó primero en SIAP – Blog del Contador.
Copia y pega esta URL en tu sitio WordPress para incrustarlo
Copia y pega este código en tu sitio para incrustarlo