Ley (Buenos Aires) 15307

Impuesto Inmobiliario. Actividad de alojamientos, hospedajes, salones de eventos, cines, guarderías y gimnasios. Extinción de pleno derecho de las deudas, sus intereses y multas.  La entrada Ley (Buenos Aires) 15307 se publicó primero en SIAP – Blog del Contador.