Desde el 5 de diciembre se unifica la inscripción en impuestos nacionales y provinciales en 7 provincias
El 5 de diciembre arranca el Registro Único Tributario en 7 provincias según una resolución general publicada hoy por la COMARB.
El 5 de diciembre arranca el Registro Único Tributario en 7 provincias según una resolución general publicada hoy por la COMARB.
El próximo gobierno enviará al Congreso un ambicioso proyecto de ley de moratoria impositiva y previsional, que incluirá una quita de la deuda que se mantenga con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y un importante plan de pagos.
La RG 9/19 COMARB establece la entrada en vigencia a partir del 5 de diciembre de 2019 del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en las provincias que se detallan en anexo.
La RG 4631 AFIP reglamenta el artículo 206 de la Ley 27440 el cual dispone el tratamiento a otorgar en el impuesto a las ganancias de las distribuciones de los resultados efectuadas por los fideicomisos financieros y los fondos comunes de inversión cerrados cuyo objeto de inversión sea el desarrollo inmobiliario para viviendas sociales y sectores de ingresos medios y bajos, créditos hipotecarios y/o valores hipotecarios.
Transcribimos a continuación el Acta N° 33 del Espacio de Diálogo Institucional entre AFIP y las Entidades Profesionales llevado a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el pasado 6 de noviembre donde se abordaron diversos temas de consulta relacionados a cuestiones tributarias, de sistemas y demás.
La Resolución 117/19 UIF actualiza determinados umbrales establecidos en las resoluciones UIF Nros. 21/2011, 28/2011, 30/2011, 65/2011, 70/2011, 199/2011, 11/2012, 16/2012, 17/2012, 18/2012, 22/2012, 23/2012, 32/2012, 66/2012, 140/2012, 50/2013, 30/2017, 21/2018 y 28/2018.
La Resolución 137/19 MAGyP sustituye el art. 7° de la Resolución 128/19 MAGyP por haberse cometido un error material involuntario.
La AFIP publicó durante este fin de semana y de esta manera oficializó el cuadro de categorías del Monotributo 2020.
El Decreto 1290/19 Córdoba incorpora un Régimen Especial de Retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para aquellos ingresos provenientes de la colocación de capital en valores, dividendos y utilidades asimilables y operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales -incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación en fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares.
El Decreto 1289/19 Córdoba establece que los contribuyentes y/o responsables que procedan a regularizar, en el marco del régimen de facilidades de pago establecido por el decreto 1738/2016 y sus modificatorios, la deuda tributaria que, al día de publicación del presente decreto, se encuentra en instancia contencioso-administrativa, en los términos del artículo 135 del Código Tributario Provincial -L. 6006 (T.O. 2015) y sus modif.-, gozarán adicionalmente del beneficio de reducción en las multas de los artículos 80 y 81 del mencionado Código -aplicadas no firmes-, a su mínimo legal.
Hoy viernes 15 vence la primera presentación del libro de IVA digital y hay numerosos errores en la carga del libro de IVA digital.
A partir de enero de 2020 los empleadores podrán descontar $15.809,76 por trabajador como consecuencia de la actualización de la detracción del art. 4° del Decreto 814/01.
La Resolución 1039/19 SSN reglamenta las disposiciones del Decreto 669/19 que establece la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) como tasa de interés desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta la fecha en que deba realizarse la puesta a disposición de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación.
La Resolución 128/19 MAGyP establece el procedimiento para el registro de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), a las que se refieren la Ley N° 21.453 y su aclaratoria N° 26.351.
La Legislatura de la provincia de Jujuy aprobó su propia moratoria a través de la Ley 6146 con reducción de intereses y condonaciones de multas.