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Impuestos Legislación

Resolución General 4479 AFIP ✔ Ganancias y Bienes Personales. Régimen de Facilidades de Pago Especial. Tasa de Financiamiento Preferencial. Posibilidad de Regularizar Saldos del Impuesto Cedular.

Se adecua el régimen de facilidades de pago aprobado por la Res. Gral 4.057  que permite cancelar los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y/o sobre los bienes personales, así como sus intereses resarcitorios y/o multas por falta de presentación de declaraciones juradas, que pudieran corresponder.

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Impuestos Legislación

Resolución General 4478 AFIP ✔ Impuesto a las Ganancias. Régimen de Retención sobre Dividendos y Utilidades Asimilables. Reglamentación.

Se reglamenta el procedimiento para la determinación e ingreso de las retenciones del impuesto a las ganancias que se practiquen sobre los dividendos y utilidades asimilables -a que se refieren los Artículos 46 y primero agregado sin número a continuación de éste, de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones- que se paguen o sean puestos a disposición de personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y de los beneficiarios del exterior, conforme lo previsto en el tercer Art. incorporado sin número a continuación del Art. 90 de la ley del gravamen.

Exclusión monotributo por exceso de gastos, jurisprudencia AFIP c/ Wisniacki Bernardo
Impuestos Jurisprudencia

Jurisprudencia. CCAF Sala II ✔ Bienes Personales. Responsables Sustitutos. Solicitud de Compensación con Saldos a Favor de Otros Impuestos. Se Revoca Sentencia de Primera Instancia. Es Inconstitucional la Prohibición Establecida por AFIP.

Cresud S.A. Comercial Inmobiliaria Financiera y Agropecuaria c/E.N. –A.F.I.P. –D.G.I. s/dirección general impositiva. Las reglamentaciones dictadas por la propia Administración integran el bloque de legalidad al que ésta se debe ajustar al emitir los actos individuales de aplicación de aquéllas y, asimismo, que la circunstancia que determina la validez de un acto administrativo individual consiste en la correspondencia de este último con el derecho objetivo vigente al momento de su dictado; ello constituye la esencia del principio de legalidad de la actividad administrativa.

Exclusión monotributo por exceso de gastos, jurisprudencia AFIP c/ Wisniacki Bernardo
Impuestos Jurisprudencia

Jurisprudencia. CCAF Sala IV ✔ Monotributo. Exclusión del Régimen. Se Revoca Sentencia de Primera Instancia. Ingresos por Cuenta Ajena No son Computables Para Determinar la Facturación Anual del Contribuyente.

Con ajuste al principio de realidad económica, no puede razonablemente predicarse que el art. 3º del Anexo de la ley 26.565 habilita a contemplar los ingresos obtenidos “por cuenta aneja” para determinar si el contribuyente (en este caso, la actora) superó los montos máximos de ingresos previstos en el art. 8º del Anexo del Régimen Simplificado, para luego ser excluida ipso iure por las prescripciones del art. 20, inc. a, del Anexo de la ley 26.565.

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Impuestos Legislación

Resolución General 4467 AFIP ✔ Operaciones de Exportación de Servicios. Solicitud de Acreditación, Devolución o Transferencia del IVA. Fiscalización Previa. Su Eliminación.

Se simplifica el régimen general de reintegro del iva, permitiéndose la tramitación del beneficio de acreditación, devolución o transferencia del impuesto al valor agregado correspondiente a las operaciones de exportación de servicios sin la necesidad de someter la solicitud a una fiscalización previa.

Legislación

Resolución Conjunta 1/19 SRT y SSN ✔ Empleadores del Régimen de Trabajo del Personal de Casas Particulares. Contribución ART. Alícuotas Variables Según Salarios. Su Implementación.

Se establece que para los contratos que vinculen a Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) con empleadores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley N° 26.844, sobre el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, será de aplicación la alícuota del 2,93% sobre el salario mensual estipulado para la quinta categoría – personal para tareas generales con retiro.

decreto 464/2019
Impuestos Legislación

Decreto 280/19 ✔ Derechos de Exportación. Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Desgravación.

Se desgrava, desde el 8/5/2019 y hasta al 31/12/2020, el derecho de exportación fijado por el Decreto N° 793/2018 y su modificatorio, a las exportaciones de las MiPyMEs, definidas en el artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus modificatorias, que excedan, en términos de su valor FOB, a las realizadas por cada empresa en el año calendario inmediato anterior.

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Resolución General 4477 AFIP ✔ Régimen de Facilidades de Pago para Obligaciones Vencidas al 30/4/2019. Requisitos, Formas, Plazos y Condiciones. Su Aprobación.

Se establece un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema “Mis Facilidades”, aplicable para la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas, vencidas hasta el día 31 de enero de 2019, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

Misceláneas

Ganancias. La Superintendencia de Seguros de la Nación Dio las Pautas para la Implementación de la Deducción por Seguros de Vida y Retiro.

El superintendente de Seguros de la Nación, Juan Pazo junto con el secretario de servicios financieros, Santiago Bausili, presentaron hoy la implementación de las deducciones para los Seguros de Vida y Retiro, en el Ministerio de Hacienda. Las deducciones por este tipo de seguros no se actualizaban hace más de 27 años.

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Misceláneas

Resolución General 4470 AFIP ✔ Impuesto a las Ganancias. Empleados y/o Jubilados. Formulario 572 Web SIRADIG y Liquidación Anual 2018. Prórroga.

Se establece que los empleados en relación de dependencia pasibles de retención del impuesto a las ganancias podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio SiRADIG – TRABAJADOR, correspondiente al período fiscal 2018, hasta el 30 de abril de 2019, inclusive. Asimismo, los agentes de retención realizarán la liquidación anual correspondiente al aludido período hasta el 17 de mayo de 2019, inclusive.

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