Aplicativo SICORE. Versión 8 Release 35. Cierra Vigencia de Diferentes Regímenes a Partir del 1/4/2019.
La AFIP ha publicado en su sitio web el aplicativo SICORE versión 8 Release 35.
La AFIP ha publicado en su sitio web el aplicativo SICORE versión 8 Release 35.
La AFIP ha publicado en su sitio web el aplicativo Régimen Informativo de Compras y Ventas versión 1.6.
Se actualiza el valor de la multa por incumplimiento de las obligaciones a su cargo por parte de los empleadores autoasegurados, de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) y de compañías de seguros de retiro elevándose el mismo a $ 3.435, 42.-
Se adecua el régimen de Exportación Simplificada denominado “EXPORTA SIMPLE” el cual tendrá por objeto facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía, con fines comerciales, a través de determinados operadores logísticos, en las condiciones que establezca esta resolución. A tal fin, se entenderá por operadores logísticos a aquellos sujetos que se encuentren inscriptos y habilitados como “Operadores Logísticos del Régimen Exporta Simple” ante la AFIP.
El acuerdo contempla una recomposición salarial con incremento en los básicos a partir de marzo, julio y noviembre de 2019.
El acuerdo contempla una recomposición salarial correspondiente a la cláusula de revisión contemplada en el acuerdo paritario original con incremento del 15% en los básicos a partir de marzo 2019.
Se han detectado numerosos errores que hacen imposible la presentación en la mayoría de los casos del mencionado formulario digital.
El acuerdo contempla una recomposición salarial correspondiente a la cláusula de revisión contemplada en el acuerdo paritario original y en el acuerdo complementario con incremento en los básicos a partir de febrero y marzo 2019.
El acuerdo contempla una recomposición salarial correspondiente a la cláusula de revisión contemplada en el acuerdo paritario original con incremento en los básicos a partir de abril y mayo 2019.
El acuerdo contempla un incremento del 28% a abonarse en tres tramos: 12% en abril/2019, 8% en julio/2019 y 8% en septiembre/2019.
Se adecuan los montos relacionados con los diferentes regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención del impuesto al valor agregado, aplicables sobre la producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas. Asimismo, se implementa su actualización semestral en los meses de Mayo y Noviembre de cada año, en la proporción del incremento del Índice General Mercado de Liniers (I.G.M.L.) publicado por el Mercado de Hacienda de Liniers.
Podrán regularizarse en el marco del presente régimen, las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley.
Este incremento se liquida como “agregado” (o suplemento) al tres por ciento (3%), que ya estaba pactado y era de cumplimiento, completando así un cuarenta por ciento (40%), total; respecto de lo que ya correspondía abonar, por la paritaria anterior.
Se prorroga por única vez el plazo estipulado en el artículo 2 del decreto (Bs. As. cdad.) 625/2009 para la carga de contenido de la información requerida por el «Registro de Empleadores Online» correspondiente al ejercicio fiscal 2018, hasta el 30 de abril de 2019, inclusive.
Se modifica la segunda parte de la Res. C.P.C.E.C.A.B.A. 107/18, mediante la cual se adoptó Segunda Parte de la Res. F.A.C.P.C.E. 539/18 “Normas para que los estados contables se expresen en moneda de poder adquisitivo de cierre en un contexto de inflación en los términos de la Sección 3.1 de la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 17/00 y de la Sección 2.6 de la Res. Técnica F.A.C.P.C.E. 41/15, aplicables a los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 1 de julio de 2018”.