La Resolución Normativa 38/19 ARBA establece que las entidades que sean contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que faciliten o administren pagos al exterior de los servicios previstos en el Art. 184 bis del Código Fiscal, a favor de sujetos prestadores no residentes en el país, y el Banco de la Provincia de Buenos Aires y todas sus sucursales y filiales, actuarán como agentes de liquidación e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que corresponda a los usuarios de tales servicios en su carácter de responsables sustitutos.