Jurisprudencia

Jurisprudencia. Bienes Personales Participaciones y Acciones Societarias. Compensación con Saldos a Favor de Otros Impuestos a Cargo de la Sociedad. Se Confirma su Procedencia.

En un reciente fallo de la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de fecha 8 de agosto del corriente se confirmó que las sociedades que tengan a su cargo el impuesto sobre los bienes personales por la participación en el capital de las mismas de sus socios podrán compensar con saldos de libre disponibilidad de otros impuestos que estén a cargo de la empresa.

Laboral y Previsión Social

Publicidad. Agencias de Publicidad. CCT 57/89. Acuerdo Complementario 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Agosto/18.

El Sindicato Único de la Publicidad (SUP) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Asociación Argentina de Publicidad correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 57/89 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Agosto de 2018 y hasta el 31 de Marzo de 2019.

Laboral y Previsión Social

Publicidad. Vía Pública. CCT 122/90. Acuerdo Complementario 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Agosto/18 y Septiembre/18.

El Sindicato Único de la Publicidad (SUP) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Asociación Argentina de Empresas de Publicidad Exterior (APE) y la Cámara Argentina de Empresas de Publicidad en la Vía Pública correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 122/90 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Agosto de 2018 y hasta el 31 de Marzo de 2019.

Laboral y Previsión Social

Publicidad. Investigación de Mercado. CCT 107/90. Acuerdo 2018-2019. Nuevas Escalas Salariales Desde Julio/18 y Octubre/18.

El Sindicato Único de la Publicidad (SUP) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Cámara de Empresas de Investigación Social y Opinión correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 107/90 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Julio de 2018 y hasta el 30 de Junio de 2019.

Laboral y Previsión Social

Pasteleros. Servicios Rápidos Todo el País. CCT 329/00. Acuerdo 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Julio/18, Diciembre/18 y Marzo/19.

El Sindicato Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Pizzeros, Heladeros y Alfajoreros dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado entre el sector gremial y la Cámara Argentina de Establecimientos de Servicios Rápidos de Expendio de Emparedados y Afines correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 329/00 el cual tendrá vigencia desde el 1 de Julio de 2018 y hasta el 30 de Junio de 2019.

Laboral y Previsión Social Legislación

Resolución 845/18 ST. Químicos y Petroquímicos. Obreros y Empleados Químicos FATIQYP. CCT 77/89. Homologación de Acuerdo. Escala Salarial Desde Mayo/18, Julio/18, Septiembre/18, Noviembre/18 y Febrero/19.

Se declaran homologados los Acuerdos celebrados entre la Federación Argentina de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas (F.A.T.I.Q.Y.P.), el Sindicato del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas de da Ciudad de Buenos Aires y Zonas Adyacentes y la Cámara De La Industria Química Y Petroquímica, mediante el cual se establecen las nuevas condiciones económicas para los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89, entre otros beneficios, cuya vigencia se pacta entre el 1° de mayo 2018 y el 30 de abril de 2019.

Laboral y Previsión Social

Químicos y Petroquímicos. Obreros y Empleados Químicos FATIQYP. CCT 77/89. Acuerdo 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Mayo/18, Julio/18, Septiembre/18, Noviembre/18 y Febrero/19.

La Federación Argentina de Trabajadores de la Industria Química y Petroquímica (FATIQYP) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Cámara de la Industria Química y Petroquímica correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 77/89 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2018 y hasta el 30 de Abril de 2019.

Laboral y Previsión Social

Calzado. Obreros y Empleados. CCT 652/12. Acuerdo 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Junio/18, Diciembre/18 y Marzo/19.

La Unión de Trabajadores de la Industria del Calzado de la República Argentina (UTICRA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina de la Industria del Calzado y Afines (FAICA) correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 652/12 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Junio de 2018 y hasta el 31 de Mayo de 2019.

Laboral y Previsión Social

Caucho. Obreros SOCAYA. Industria. CCT 179/75. Acuerdo 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Mayo/18, Agosto/18 y Noviembre/18.

El Sindicato Obreros del Caucho, Anexos y Afines (SOCAYA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina de la Industria del Caucho (FAIC)  correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 179/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2018 y hasta el 30 de Abril de 2019.

Laboral y Previsión Social

Caucho. Obreros SOCAYA. Neumáticos. CCT 231/75. Acuerdo 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Mayo/18 y Julio/18.

El Sindicato Obreros del Caucho, Anexos y Afines (SOCAYA) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Federación Argentina del Neumático (FAN)  correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 231/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Mayo de 2018 y hasta el 30 de Abril de 2019.

Laboral y Previsión Social

Metalúrgicos. Obreros UOM. CCT 260/75. Acuerdo Complementario 2018-2019. Nueva Escala Salarial Desde Septiembre/18.

La Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) dio a conocer los detalles del nuevo acuerdo firmado con la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (FEDEHOGAR), la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA), la Asociación de Fábricas Argentina Terminales Electrónicas (AFARTE) y la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (CAIAMA)  correspondiente a todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75 y el cual tendrá vigencia desde el 1 de Septiembre de 2018 y hasta el 31 de Marzo de 2019.

Legislación

Resolución 264/18 AGIP (CABA). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Reclamos de Repetición Originados en Retenciones y/o Percepciones. Se Incrementa el Tope A Partir del Cual Se Deberá Verificar la Existencia de Deuda en Otros Impuestos.

Se establece que los reclamos de repetición del impuesto sobre los ingresos brutos originados en retenciones/percepciones efectuadas por los agentes de recaudación, cuyos importes no superen la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil), no requieren la verificación de la existencia de deuda con respecto de los restantes gravámenes por los que se encuentra alcanzado el contribuyente. Dicho procedimiento solo será aplicable respecto de los contribuyentes o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos cuya conducta tributaria no haya sido calificada en los niveles 3 (alto) y 4 (muy alto).

Legislación

Resolución 1144/18 ME (Tucumán). Impuesto Sobre los Ingresos Brutos y Para la Salud Pública. Régimen de Facilidades de Pago Res. 12/04 ME. Se Restablece su Vigencia.

Se restablece hasta el 28 de setiembre de 2018 inclusive, la vigencia del régimen de facilidades de pago dispuesto por la resolución (ME) 12/2004 y sus modificatorias. Deudas comprendidas: impuestos sobre los ingresos brutos y para la salud pública, adeudados a la fecha de presentación de la respectiva solicitud. La regularización de los tributos se formalizará a través de la regularización de sus respectivos anticipos. Quedan también comprendidas dentro del régimen cuya vigencia se restablece, las deudas por retenciones o percepciones practicadas y no ingresadas y los anticipos adeudados del período fiscal en curso, salvo aquel anticipo cuyo vencimiento haya operado en el mes anterior a la fecha de presentación de la respectiva solicitud. También podrán regularizarse las sanciones de multas aplicadas -firmes o no- previstas en el Código Tributario Provincial. Quedan excluidas las deudas regularizadas mediante planes de facilidades de pago vigentes a la fecha de entrada en vigor de la presente resolución o que a su respecto -a dicha fecha- no haya operado el instituto de la caducidad establecido por la respectiva norma.

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